PDA

Ver la Versión Completa : Defensa propia?


wizard_712
12-Jul-2011, 09:50
Saludos muchachos....

Fijense que platicando surgio la duda, como es la cuestion segun el reglamento sobre el momento en el que UNO(sujeto 1) se defiende con su arma de fuego a la hora de un asalto, y el asaltante tambien portando arma de fuego (sujeto 2) muere o sale herido en la confrontacion?
hasta que sentido puede alegar uno defensa propia, o desde que punto puede decir uno me defiendo con mi arma y fue defensa propia?

Esta duda surgio porque platicando surgio el tema que ahora en guate hasta en los restaurantes estan asaltando con arma y demas. Entonces me pregunte que en esos casos, si uno porta arma que puede hacer?

ejemplo:
Lugar: McDowells (pa no infringir trademarks lasjd;flaksj)
Hora: Cualquiera
Situacion: Estas vos (sujeto 1) con tu novia y de repente entra un asaltante (sujeto 2) con arma en mano amenazando tu vida y la de tu novia y los demas en el lugar, exigiendo las pertenencias o amenazando con matarte, en un momento adecuado tenes la opcion de desenfundar tu arma y neutralizar al asaltante, lo haces y listo.

En este caso, cuenta como defensa propia o corres riesgo que las autoridades te metan preso por x o y razon?

tomen en cuenta tambien un caso similar solo que en vez de un lugar publico, pongan como lugar, su casa de residencia.

Alguien que sepa bien bien de esto, segun la ley y no mas que la ley, que se supone que uno como victima puede y debe hacer?

Estamos en chat general por ende... respuestas serias, el que empieze a desviar el tema o de respuestas fuera de lugar, porfavor algun moderador vea el caso.


Gracias.... y espero sus comentarios y respuestas

S1.8
12-Jul-2011, 09:58
Vos que buen tema yo siempre he tenido esta inquietud, ojala algun velmaxabogado se haga el favor de iluminarnos

Dryke
12-Jul-2011, 09:58
Si vos atacas primero, no es defensa propia. También cuenta el calibre de las armas

wilsonm
12-Jul-2011, 10:01
Si vos atacas primero, no es defensa propia. También cuenta el calibre de las armas

Por que el calibre de las armas?

wizard_712
12-Jul-2011, 10:01
Si vos atacas primero, no es defensa propia. También cuenta el calibre de las armas

gracias por tu respuesta, si pudieras explicar o detallar mejor seriamos muy agradecidos.... aaa y de donde proviene esta info (no te estoy poniendo en duda, es para saber bien bien de donde viene la info)

en que consiste la relacion de calibres, y en el caso de si uno ataca primero, tendrias que esperar a que primero te disparen y "posiblemente te maten" para poder defenderte?:alaputa:

Cris_jds
12-Jul-2011, 10:02
en este caso es una estupidez porque para alegar defensa propia al dispararle a alguien, tenes que esperar a que él (sujeto 2) te dispare a vos primero :que2:

Diesel316
12-Jul-2011, 10:09
Si vos atacas primero, no es defensa propia. También cuenta el calibre de las armas


interesante lo del calibre, o sera el tipo de arma :alaputa:

fuente?

norbak
12-Jul-2011, 10:11
Asi es tenes que esperar que te disparen primero para poder justificarte sino mira a los chontes que porquer putas nunca disparan sino intimidan con superioridad numerica y cuando disparan antes al bote, lo mejor es matarlos e irte a la mierda, eso de los calibre no creo quye sea cierto, pero si el ciudadano lleva las de perder.

tonny
12-Jul-2011, 10:12
ps tristemente la ley en guatemala asi es.


tenes que esperar a que te dispare el sujeto 2 para que vos sujeto 1 dispares y te defendas, de lo contrario el agresor sos vos.

tiene que ver calibre de arma creo no estoy muy seguro pero mientras calibre mas alto el agresor sos vos algo asi no se como explicartelo.

un resiente caso es el de los policias que llegaron a un motel o posada de la z1 y resulto que el agresor de una mujer tenia una arma, entonces los policias desenfundaron y mataron al agresor.

los dieron de baja y los sentanciaron no se a cuanto tiempo por asesinato y no se que mas.

osea que aqui en guatemala primero esperas que disparen para disparar, suerte tuya si en el primer tiro no te matan.



PD: en estados unidos los policias aunq no cargues arma miran que intentas agredirlos o algo ahi mismo te pegan unos tus 10 plomazos sadfjasiofjsoi sin pajas haya no andan con tanta mierda.

el guatemlateco que mataron en los angeles no hablaba español y el policia penso que a sacar una cuchillo o arma iva y desenfundo y mato al guate :rvm:


leyes mas culeras las de guatemala.

ahi viene el dicho de todos los que portamos armas.

dispara, mata y andate a la verga asdfijadsofads aqui tus hueyas :pela:

tonny
12-Jul-2011, 10:15
Asi es tenes que esperar que te disparen primero para poder justificarte sino mira a los chontes que porquer putas nunca disparan sino intimidan con superioridad numerica y cuando disparan antes al bote, lo mejor es matarlos e irte a la mierda, eso de los calibre no creo quye sea cierto, pero si el ciudadano lleva las de perder.
bien

sujeto 1 osea vos .40
sujeto 2 ladron 22mm o 9mm


sujeto uno lleva ventaja superior por lo tanto agresor.

creo que asi es la tematica, pero como digo no se si sea asi o no porq no la he leido. pero que es cierto lo del calibre es cierto.

o por lo menos por mucho tiempo asi he sabido yo :asaber:

sleider
12-Jul-2011, 10:15
:yano: que cagaca osea que osea que primero te tienen que dar tu pepitaso ...... y si no fuera con arma de fuego y la amenaza es con arma blanca? te tiene que dar tu machetaso ??

Dryke
12-Jul-2011, 10:16
No es lo mismo disparar con una escopeta que con una 9 mm.

Y sí, tienes que dejar que te disparen primero, o le disparas y luego, cuando esté muerto, disparas su arma y te pegas una balazo añlksdfñasldkjf

Las cuestiones del calibre si tendría que discutirse entre los jueces.

Fuente: Lo que me recuerdo de mis años de derecho :oscar2: (ya no estoy) pero alguno que ya esté graduado te puede orientar mejor.

También cuenta lo que digan en el reporte los PNC, así que pisteados son mejores. Lastimosamente eso pasa en nuestro país.

KeNneTKdA
12-Jul-2011, 10:18
:rvm: es una mierda la ley acá fijo...

y de acá a que comprueben q fue en defensa propia y todo pasas un año de casera de algun negro en la carcel :mono: :yano:

mejor :muere: y :run: asdfasfasdfa

Yusefhi
12-Jul-2011, 10:18
en tu residencia si el susodicho esta dentro de tu residencia volale plomo y lo sacas a la calle slkadjfdñasfasafjk porqeu aqui las leyes son para los delincuentes :si:

rquanleon
12-Jul-2011, 10:20
entonces llevan las de perder los que cargan de mas grueso calibre, la ley es muy confusa porque el caco puede decir que no era su intención robar, sino que carga su arma por "seguridad"

se parece mucho a los casos de la lica "minority report"

tonny
12-Jul-2011, 10:26
en tu residencia si el susodicho esta dentro de tu residencia volale plomo y lo sacas a la calle slkadjfdñasfasafjk porqeu aqui las leyes son para los delincuentes :si:


:mongol: estan hablando de la calle no de tu casa :mula: adifjasofias

en tu casa entra alguein lo podes matar hasta con sexo oral asi como vos lo haces ajdfasoifasiofasfiosafjasf

pd: en estados unidos me llega xq entra un desconocido a la casa de una persona ps lo puede matar como putas quiera adsifjdiasofjsadof es defensa propia.

ahora en guatemala si entras en investigacion tambien en tu casa.

pero igual el tema es defensa propia en la calle

sera conveniente portar arma?
te vas o te quedas a la hora de hacer algo?



pd: sin ir tan lejos hace mas de un año le dispare a un caco aqui puse la historia :maleado: y gaste un vergo con tal de no irme al bote con un negro dijo el kennet adsifjdsaiosa

tonny
12-Jul-2011, 10:27
por cierto si te gustan las armas www.tiroyarmas.com (http://www.tiroyarmas.com)

JOSE CH MEJIA
12-Jul-2011, 10:29
aquí en Guate está bastante mal definida y peor en la aplicación la ley de armas, te dan el derecho de portación, pero te pizan si defendés tu vida, en cambio los mañosos, matan a cuántos quieran, y si algún dia los agarran hasta con ak, ar, etc, al otro dia salen por "falta de pruebas"

VITROCASA
12-Jul-2011, 10:32
Yo creo que estan hablando puras pajas hasta qu eno venga alguien que en verdad sea abogado GRADUADO y nos diga exactamente la ley donde se estipula todo esto.

jorge erick
12-Jul-2011, 10:33
Pues como primer punto los dos tienen que estar al mismo nivel .... por ejemplo alguien te saca un cuchillo y te intenta matar con el y vos le disparas en la cabeza ahi no entra la defensa propia....

No es tanto de esperar ah que te disparen , es conforme tu vida quede en riesgo... supone en un enfrentamiento dos personas se disparan mutuamente vos salis librado el asaltante muerte , igual te vas consignado sos inocente hasta que se te compruebe lo contrario .. ah lo que voy es que en cualquier caso TENES QUE PROBAR QUE FUE EN DEFENSA PROPIA que estaban atentando contra tu vida.. no es que me disparen reciba yo el disparo y luego ya pueda disparar... es la interpretación de el juez la que hace y determina si vos usaste tu arma en defensa propia o no.. igualmente siempre te vas consignado :si:

Mr.Anderson
12-Jul-2011, 10:33
pd: sin ir tan lejos hace mas de un año le dispare a un caco aqui puse la historia :maleado: y gaste un vergo con tal de no irme al bote con un negro dijo el kennet adsifjdsaiosa
:rvm: que desgracia... realmente las leyes en guatemala no funcionan!! :powta:

T@TY
12-Jul-2011, 10:35
ARTICULO 24.- Son causas de justificación:

Legítima defensa

1º. Quien obra en defensa de su persona, bienes o derechos, o en defensa de la persona, bienes o derechos de otra, siempre que concurran las circunstancias siguientes:

a) Agresión ilegítima;
b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;
c) Falta de provocación suficiente por parte del defensor. Se entenderá que concurren estas tres circunstancias respecto de aquel que rechaza al que pretenda entrar o haya entrado en morada ajena o en sus dependencias, si su actitud denota la inminencia de un peligro para la vida, bienes o derechos de los moradores.

El requisito previsto en el literal c) no es necesario cuando se trata de la defensa de sus parientes dentro de los grados de ley, de su cónyuge o concubinario, de sus padres o hijos adoptivos, siempre que el defensor no haya tomado parte en la provocación.

Me pareció raro leer lo de los calibres, en realidad como ven en CP no dice nada del calibre de las armas, si llega una persona en la oscuridad a tu casa sea con un cuchillo o con un picahielos y está entrando en tu casa poniendo en peligro tu vida, puedes disparar.

si alguien te agrede, supongamos entra a un restaurante y hace disparos aunque sea al aire puedes disparar.

En el caso expuesto, se puede alegar legitima defensa sin lugar a dudas. Independientemente de que el tenga una 22 y tu una 9mm o .40 no importa si tu vida está en riesgo dispara por que es aplicable esta causa de justificación en el inciso a y b. Eso si también depende de que tan ducho es tu abogado por que hay unos tan mulas que viendo el caso no piden que se aplique la causa de justificación.

El que seas susceptible a la aplicación de una causa de justificación no implica que te dejan libre, claro que deben de investigar y claro podrían pedir arresto domiciliario, como te digo depende del abogado.

wilsonm
12-Jul-2011, 10:37
:adicto2: que buen tema

Yusefhi
12-Jul-2011, 10:42
:mongol: estan hablando de la calle no de tu casa :mula: adifjasofias

en tu casa entra alguein lo podes matar hasta con sexo oral asi como vos lo haces ajdfasoifasiofasfiosafjasf

pd: en estados unidos me llega xq entra un desconocido a la casa de una persona ps lo puede matar como putas quiera adsifjdiasofjsadof es defensa propia.

ahora en guatemala si entras en investigacion tambien en tu casa.

pero igual el tema es defensa propia en la calle

sera conveniente portar arma?
te vas o te quedas a la hora de hacer algo?



pd: sin ir tan lejos hace mas de un año le dispare a un caco aqui puse la historia :maleado: y gaste un vergo con tal de no irme al bote con un negro dijo el kennet adsifjdsaiosa


lee bien estupido, el pregunto dentro de la residencia tambien :mula: :mongol:

ademas aqui mejor hit and run

Svdle
12-Jul-2011, 10:42
Lamentablemente todo eso es en teoria, porque yo conozco de un caso en el que le trataron de robar el carro a una persona, con la pistola ya en la cabeza, logró pegarle varios balazos (porque tambien andaba armado) y se fue, pero al resultar herido fue capturado por las "actoridades" y consignado por asesinato, se alegó la legitima defensa, pero igual fue condenado a quince años de prision.
Acá los derechos los tienen los delincuentes, porque un ciudadano comun y corriente siempre, siempre, siempre lleva las de perder.

Mr.Anderson
12-Jul-2011, 10:58
Lamentablemente todo eso es en teoria, porque yo conozco de un caso en el que le trataron de robar el carro a una persona, con la pistola ya en la cabeza, logró pegarle varios balazos (porque tambien andaba armado) y se fue, pero al resultar herido fue capturado por las "actoridades" y consignado por asesinato, se alegó la legitima defensa, pero igual fue condenado a quince años de prision.
Acá los derechos los tienen los delincuentes, porque un ciudadano comun y corriente siempre, siempre, siempre lleva las de perder.
Puuuuta madre!!... :rvm:

wizard_712
12-Jul-2011, 11:03
ARTICULO 24.- Son causas de justificación:

Legítima defensa

1º. Quien obra en defensa de su persona, bienes o derechos, o en defensa de la persona, bienes o derechos de otra, siempre que concurran las circunstancias siguientes:

a) Agresión ilegítima;
b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;
c) Falta de provocación suficiente por parte del defensor. Se entenderá que concurren estas tres circunstancias respecto de aquel que rechaza al que pretenda entrar o haya entrado en morada ajena o en sus dependencias, si su actitud denota la inminencia de un peligro para la vida, bienes o derechos de los moradores.

El requisito previsto en el literal c) no es necesario cuando se trata de la defensa de sus parientes dentro de los grados de ley, de su cónyuge o concubinario, de sus padres o hijos adoptivos, siempre que el defensor no haya tomado parte en la provocación.

Me pareció raro leer lo de los calibres, en realidad como ven en CP no dice nada del calibre de las armas, si llega una persona en la oscuridad a tu casa sea con un cuchillo o con un picahielos y está entrando en tu casa poniendo en peligro tu vida, puedes disparar.

si alguien te agrede, supongamos entra a un restaurante y hace disparos aunque sea al aire puedes disparar.

En el caso expuesto, se puede alegar legitima defensa sin lugar a dudas. Independientemente de que el tenga una 22 y tu una 9mm o .40 no importa si tu vida está en riesgo dispara por que es aplicable esta causa de justificación en el inciso a y b. Eso si también depende de que tan ducho es tu abogado por que hay unos tan mulas que viendo el caso no piden que se aplique la causa de justificación.

El que seas susceptible a la aplicación de una causa de justificación no implica que te dejan libre, claro que deben de investigar y claro podrían pedir arresto domiciliario, como te digo depende del abogado.

te has ganado mis respetos.... respuesta muy muy acertada...... gracias!

ok entonces, segun lo que entendi

-tiene mucho que ver el abogado (siempre tener uno bien ducho)
-Aun habiendo sido defensa propia, te vas consignado mientras hacen las averiguaciones? o depende tambien del abogado?

wizard_712
12-Jul-2011, 11:07
Lamentablemente todo eso es en teoria, porque yo conozco de un caso en el que le trataron de robar el carro a una persona, con la pistola ya en la cabeza, logró pegarle varios balazos (porque tambien andaba armado) y se fue, pero al resultar herido fue capturado por las "actoridades" y consignado por asesinato, se alegó la legitima defensa, pero igual fue condenado a quince años de prision.
Acá los derechos los tienen los delincuentes, porque un ciudadano comun y corriente siempre, siempre, siempre lleva las de perder.

a ver, senorita T@TY, en este caso..... que se puede hacer.... osea si lo veo bien real el hecho de que al que se defendio... le hayan metido el webo y este en el bote....

:alaputa:

levetto
12-Jul-2011, 11:09
Si vos atacas primero, no es defensa propia. También cuenta el calibre de las armas

Jamás... si tu vida corre riesgo, y vos respondés, no es que vos agredás :nono:
en este caso es una estupidez porque para alegar defensa propia al dispararle a alguien, tenes que esperar a que él (sujeto 2) te dispare a vos primero :que2:
Así es, no hay que esperar, depende la situación.

Pues como primer punto los dos tienen que estar al mismo nivel .... por ejemplo alguien te saca un cuchillo y te intenta matar con el y vos le disparas en la cabeza ahi no entra la defensa propia....

No es tanto de esperar ah que te disparen , es conforme tu vida quede en riesgo... supone en un enfrentamiento dos personas se disparan mutuamente vos salis librado el asaltante muerte , igual te vas consignado sos inocente hasta que se te compruebe lo contrario .. ah lo que voy es que en cualquier caso TENES QUE PROBAR QUE FUE EN DEFENSA PROPIA que estaban atentando contra tu vida.. no es que me disparen reciba yo el disparo y luego ya pueda disparar... es la interpretación de el juez la que hace y determina si vos usaste tu arma en defensa propia o no.. igualmente siempre te vas consignado :si:

Respuesta correcta sin citación de ley.
ARTICULO 24.- Son causas de justificación:

Legítima defensa

1º. Quien obra en defensa de su persona, bienes o derechos, o en defensa de la persona, bienes o derechos de otra, siempre que concurran las circunstancias siguientes:

a) Agresión ilegítima;
b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;
c) Falta de provocación suficiente por parte del defensor. Se entenderá que concurren estas tres circunstancias respecto de aquel que rechaza al que pretenda entrar o haya entrado en morada ajena o en sus dependencias, si su actitud denota la inminencia de un peligro para la vida, bienes o derechos de los moradores.

El requisito previsto en el literal c) no es necesario cuando se trata de la defensa de sus parientes dentro de los grados de ley, de su cónyuge o concubinario, de sus padres o hijos adoptivos, siempre que el defensor no haya tomado parte en la provocación.

Me pareció raro leer lo de los calibres, en realidad como ven en CP no dice nada del calibre de las armas, si llega una persona en la oscuridad a tu casa sea con un cuchillo o con un picahielos y está entrando en tu casa poniendo en peligro tu vida, puedes disparar.

si alguien te agrede, supongamos entra a un restaurante y hace disparos aunque sea al aire puedes disparar.

En el caso expuesto, se puede alegar legitima defensa sin lugar a dudas. Independientemente de que el tenga una 22 y tu una 9mm o .40 no importa si tu vida está en riesgo dispara por que es aplicable esta causa de justificación en el inciso a y b. Eso si también depende de que tan ducho es tu abogado por que hay unos tan mulas que viendo el caso no piden que se aplique la causa de justificación.

El que seas susceptible a la aplicación de una causa de justificación no implica que te dejan libre, claro que deben de investigar y claro podrían pedir arresto domiciliario, como te digo depende del abogado.

Respuesta correcta, con citación de ley.

te has ganado mis respetos.... respuesta muy muy acertada...... gracias!

ok entonces, segun lo que entendi

-tiene mucho que ver el abogado (siempre tener uno bien ducho)
-Aun habiendo sido defensa propia, te vas consignado mientras hacen las averiguaciones? o depende tambien del abogado?


Mirá... si vas a hacer algo así, primero, asegurate que el hijueputa esté muerto, sino te pueden pizar, aquí las leyes son una mierda.

Después de matarlo, conseguite a un buen abogangster, y que tenga pitas, porque así sería la única forma que te enjuiciaran por cometer homicidio, y alegar legítima defensa :maleado:

WRW
12-Jul-2011, 11:11
ARTICULO 24.- Son causas de justificación:

Legítima defensa

1º. Quien obra en defensa de su persona, bienes o derechos, o en defensa de la persona, bienes o derechos de otra, siempre que concurran las circunstancias siguientes:

a) Agresión ilegítima;
b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;
c) Falta de provocación suficiente por parte del defensor. Se entenderá que concurren estas tres circunstancias respecto de aquel que rechaza al que pretenda entrar o haya entrado en morada ajena o en sus dependencias, si su actitud denota la inminencia de un peligro para la vida, bienes o derechos de los moradores.

El requisito previsto en el literal c) no es necesario cuando se trata de la defensa de sus parientes dentro de los grados de ley, de su cónyuge o concubinario, de sus padres o hijos adoptivos, siempre que el defensor no haya tomado parte en la provocación.

Me pareció raro leer lo de los calibres, en realidad como ven en CP no dice nada del calibre de las armas, si llega una persona en la oscuridad a tu casa sea con un cuchillo o con un picahielos y está entrando en tu casa poniendo en peligro tu vida, puedes disparar.

si alguien te agrede, supongamos entra a un restaurante y hace disparos aunque sea al aire puedes disparar.

En el caso expuesto, se puede alegar legitima defensa sin lugar a dudas. Independientemente de que el tenga una 22 y tu una 9mm o .40 no importa si tu vida está en riesgo dispara por que es aplicable esta causa de justificación en el inciso a y b. Eso si también depende de que tan ducho es tu abogado por que hay unos tan mulas que viendo el caso no piden que se aplique la causa de justificación.

El que seas susceptible a la aplicación de una causa de justificación no implica que te dejan libre, claro que deben de investigar y claro podrían pedir arresto domiciliario, como te digo depende del abogado.


O VELMAX QUE TODO LO SABES :adorar:

que buena info :si:

levetto
12-Jul-2011, 11:11
a ver, senorita T@TY, en este caso..... que se puede hacer.... osea si lo veo bien real el hecho de que al que se defendio... le hayan metido el webo y este en el bote....

:alaputa:


Según entendí el cerote se fue después de una balacera, ahuevo que lo iban a agarrar por sospechoso.

Si te mirás involucrado en una balacera, y hay demasiado público, no corrás que te puede salir peor. En éste caso... carcel.

wizard_712
12-Jul-2011, 11:14
bueno, aparte de todo yo preguntaba porque obviamente enl a conversacion salio el tema de KILL n RUN vda..... y pues..... es lo mas logico..... pero surge este invoneniente......

a la hora de hacer kill n run..... si de muy mala pata hay camara de seguridad... y quedas registrado........ muy defensa propia puede ser pero si te fugas de la escena ya te la metieron cuadrada y con nudo.

T@TY
12-Jul-2011, 11:16
a ver, senorita T@TY, en este caso..... que se puede hacer.... osea si lo veo bien real el hecho de que al que se defendio... le hayan metido el webo y este en el bote....

:alaputa:


Sabes según entiendo el problema acá no fue que el matara al ladrón ya que el ladrón también le disparo, si no que salió corriendo después de que disparo, en ese caso lo correcto era llamar a la PNC y tu abogado, el abogado debe solicitar que lo internen en hospital en este caso ni arresto domiciliario debe pedir se interna en un sanatorio o en un hospital de un cuate y ahí esta mientras dura la investigación y el defensor recaba las pruebas.

Creo que el problema fue que huyera y es comprensible que cuando algo así pasa uno no anda pensando fríamente que es lo que más le conviene, pero cuando te metes a tener un arma claro que tenes que tener tus opciones calculadas.

wizard_712
12-Jul-2011, 11:21
Jamás... si tu vida corre riesgo, y vos respondés, no es que vos agredás :nono:

Así es, no hay que esperar, depende la situación.



Respuesta correcta sin citación de ley.


Respuesta correcta, con citación de ley.




Mirá... si vas a hacer algo así, primero, asegurate que el hijueputa esté muerto, sino te pueden pizar, aquí las leyes son una mierda.

Después de matarlo, conseguite a un buen abogangster, y que tenga pitas, porque así sería la única forma que te enjuiciaran por cometer homicidio, y alegar legítima defensa :maleado:


true that.....

T@TY
12-Jul-2011, 11:22
te has ganado mis respetos.... respuesta muy muy acertada...... gracias!

ok entonces, segun lo que entendi

-tiene mucho que ver el abogado (siempre tener uno bien ducho)
-Aun habiendo sido defensa propia, te vas consignado mientras hacen las averiguaciones? o depende tambien del abogado?


Si en efecto te detienen, hasta que culmine el periodo de investigación del MP pero el caso si está bien elaborado por tu defensor no llega a debate oral. Se queda en preliminares y lo archivan.

Y si no piden arresto domiciliario si te vas al bote "al preventivo zona 18" es lugar donde te llevan a vacacionar.

Con relación a otros comentarios que leí

Insisto no debe uno esperar a que le disparen eso no tiene ninguna lógica, imagina si esperando a que te disparen te matan no tendría sentido una ley que ampare un acto en la legítima defensa.

No depende del arma, igual mata un cuchillo, que una 22, que una escopeta, incluso se puede alegar si te llegan a asaltar con una de esas pistolas de fulminantes, siempre y cuando puedas probar que tenias tanto culillo que pensaste que te iban a matar y por eso disparaste.

wizard_712
12-Jul-2011, 11:23
Sabes según entiendo el problema acá no fue que el matara al ladrón ya que el ladrón también le disparo, si no que salió corriendo después de que disparo, en ese caso lo correcto era llamar a la PNC y tu abogado, el abogado debe solicitar que lo internen en hospital en este caso ni arresto domiciliario debe pedir se interna en un sanatorio o en un hospital de un cuate y ahí esta mientras dura la investigación y el defensor recaba las pruebas.

Creo que el problema fue que huyera y es comprensible que cuando algo así pasa uno no anda pensando fríamente que es lo que más le conviene, pero cuando te metes a tener un arma claro que tenes que tener tus opciones calculadas.

algo que casi nadie hace...... muy bien! me llegas....
por lo visto sos abogada o estas en camino... either way.... mis respetos.... y gracias por la respuestas

CHONTE
12-Jul-2011, 11:25
las leyes aca son una mierda lo mejor es sacarle la mierda a los cacos y luego de eso irse mucho a la verga ahi que investiguen a la mas panda de su casa esos hijueputas :asco:

Guicho R+
12-Jul-2011, 11:26
precisamente hace algunos momentos pasó algo así, éste ex ministro se quebró a un caco, por su posición seguramente no le harán nada; que bueno que se echó a uno :clap:


10:52 a.m.
Fuente: Emisoras Unidas 89.7 FM

Ex viceministro de gobernación Julio Rivera Clavería mata a delincuente
En la zona 12 Colonia Santa Elisa, tres personas delincuentes ingresaron a una residencia con el fin de robar, el dueño de la vivienda el ex viceministro de gobernación Julio Rivera Clavería disparó en contra de los delincuentes hiriendo a dos de los individuos uno de ellos falleció en el lugar.

Mr.KR
12-Jul-2011, 11:28
las leyes aca son una mierda lo mejor es sacarle la mierda a los cacos y luego de eso irse mucho a la verga ahi que investiguen a la mas panda de su casa esos hijueputas :asco:

:word: :rvm:

asi es la CRUDA verdad de nuestro amado pais :yano:

wizard_712
12-Jul-2011, 11:30
precisamente hace algunos momentos pasó algo así, éste ex ministro se quebró a un caco, por su posición seguramente no le harán nada; que bueno que se echó a uno :clap:



Ex viceministro de gobernación con eso ya lo dijiste todo... mmmmm dios... cagandose de la risa con los del mp despachandose un su choripan se ha de ver quedado mientras sacaban los cuerpos de su casa....

pablosqy
12-Jul-2011, 11:31
shhhh esta taty si :adorar:

carlosmx
12-Jul-2011, 11:36
te la voy a poner facil, si vos sentis que tu vida y la de otras personas que te acompañan estan en peligro, ademas sabes que tendras los h.... de sacar y disparar a matar, ademas de estar con la seguridad de que podes con lo otros asaltantes, entonces luego que todo eso sea si y ademas no pegarle un tiro a un inocente, saca el arma dispara recorda dos tiros son los que podrias pegarle a cada kako y para evitar clavos agarras a la mara que va con vos y te pelas de ahi y preparas toda la defensa con tu abogado. LO MAS IMPORTANTE ES SABER QUE PODRAS MATAR A LA PERSONA QUE INCURRA A QUERER HACERLE DAÑO A TU FAM Y TU PERSONA Y RECORDA QUE DEL BOTE SALIS, PERO DE LA TUMBA NO SALIS

fifo
12-Jul-2011, 11:36
mira todo depende de la interpretacion del Juez de la ley, ya que como alli te pusieron, en el juicio recrearian la escena y verian todo el entorno ejemplo:

Sujeto 1 entra con arma en mano, vos lo ves y le dejas ir el primer tiro, la fiscalia dira que el iba sin su holster y vos lo mataste.

Otro
Sujeto 1 entra al restaurante grita este es un asalto con una colt Gold Cup Series robada, venis vos y por lo histeria del momento agarras un cuchillo y se lo ensartas directamente en el pecho y el muere, el juez puede decir que pudiste haber evitado la muerte, cortandole el brazo y no matandolo

asi pueden venir muchos casos mas, lo mas acertado fue lo que te dijo Taty, tener un buen abogado pistear y salir, y si no como dijo el yuse HIT and Run, la interpretacion de la situacion seria una de las claves, depende como lo vea el juez. :rvm:

jkimgt
12-Jul-2011, 11:37
en este pais, con estas leyes y autorirades de mierda,,,,, el metodo es:



Sacar

Socar

Salir corriendo :si:

carlosmx
12-Jul-2011, 11:38
Ahorita esta la noticia de un cliente que en su casa mato a un ladron que quedo tendido en el jardin de su casa pero nada de vergueos le socaron al dueño de la casa 10 plomasos peor no le pegaron y el si soco a uno de los asaltantes buena onda un kako menos

bigi2006
12-Jul-2011, 11:39
mata al caco :cerote: y salis corriendo :run:

JOSE CH MEJIA
12-Jul-2011, 11:41
sea como sea, del bote salgo, aunque sea violado pero salgo, pero del cementerio ya no se puede salir,,,,,,

levetto
12-Jul-2011, 11:41
Ese fifo hasta con número de serie, tipo de munición pone su historia :risa:

wizard_712
12-Jul-2011, 11:43
mira todo depende de la interpretacion del Juez de la ley, ya que como alli te pusieron, en el juicio recrearian la escena y verian todo el entorno ejemplo:

Sujeto 1 entra con arma en mano, vos lo ves y le dejas ir el primer tiro, la fiscalia dira que el iba sin su holster y vos lo mataste.

Otro
Sujeto 1 entra al restaurante grita este es un asalto con una colt Gold Cup Series robada, venis vos y por lo histeria del momento agarras un cuchillo y se lo ensartas directamente en el pecho y el muere, el juez puede decir que pudiste haber evitado la muerte, cortandole el brazo y no matandolo

asi pueden venir muchos casos mas, lo mas acertado fue lo que te dijo Taty, tener un buen abogado pistear y salir, y si no como dijo el yuse HIT and Run, la interpretacion de la situacion seria una de las claves, depende como lo vea el juez. :rvm:

eso es muy sierto, por eso planteaba el caso en el que el ladro ya desenfundo su arma, grito que es asalto y literalmente se expreso "vivo, dame tu billetera o te mato" a vos y a tu familiares

fifo
12-Jul-2011, 11:44
Ese fifo hasta con número de serie, tipo de munición pone su historia :risa:

Pongo eso pq ya anda una asi en la calle, en manos de esos malnacidos :maleado:

mrodri07
12-Jul-2011, 11:44
sinceramente... por eso estamos tan fregados...

fifo
12-Jul-2011, 11:47
eso es muy sierto, por eso planteaba el caso en el que el ladro ya desenfundo su arma, grito que es asalto y literalmente se expreso "vivo, dame tu billetera o te mato" a vos y a tu familiares

Mira todo cae a lo mismo interpretacion de la situacion y mucho tiene que ver tu abogado y el QQ que metas, pq imaginate como pusieron alli que fuera una pistola de balines (para tu suerte), y vos le dejas ir 3 en el pecho, ya pizaste pq nunca estuviste en peligro real :rvm: ya que con eso no te podia hacer nada, a pesar que te pidiera tu billetera no iba a poder matar a nadie.

wizard_712
12-Jul-2011, 11:47
sea como sea, del bote salgo, aunque sea violado pero salgo, pero del cementerio ya no se puede salir,,,,,,

muy sierto, pero todo entra en consideracion de este modo.....

-por evitar que me roben 300 quetzalitos y un celular que me costo 500 quetzales, mato al ladron y corro el riesgo de que aunqsea un mes me metan al tambo, en este caso, mi familia gastando dinerales en abogados, y quien sabe que mas con tal que no me convierta en concubina de un mierda en el bote.

-por derecho de la vida, y por defenderme y no dejarme que un jueputa me despoje de lo que a mi me costo, o no me costo pero de igual manera es mio, lo mato y soy feliz con que no me deje aunque tenga que soltar 50 veces mas de dinero que lo que me iban a robar.

wizard_712
12-Jul-2011, 11:48
Mira todo cae a lo mismo interpretacion de la situacion y mucho tiene que ver tu abogado y el QQ que metas, pq imaginate como pusieron alli que fuera una pistola de balines (para tu suerte), y vos le dejas ir 3 en el pecho, ya pizaste pq nunca estuviste en peligro real :rvm: ya que con eso no te podia hacer nada, a pesar que te pidiera tu billetera no iba a poder matar a nadie.

cabal como decis, en este caso seria de que tengas un buen abogado y suficiente billete y alegar que no importando si era de agua la pistola, amenazaron tu vida, corriste peligro y no tenias alternativa mas que defenderte. si tenes los dos items que mencionaste vos abogado y QQ..... creo que tenes el chance de quedar al fresh

Yusefhi
12-Jul-2011, 11:49
Eso si mucha si es hit and run haganlo runn pero despacito asdfklñjñasdfsjfalsfjdasjfkskfskl

asi no los pizan depues afjasdñflkj

fifo
12-Jul-2011, 11:55
cabal como decis, en este caso seria de que tengas un buen abogado y suficiente billete y alegar que no importando si era de agua la pistola, amenazaron tu vida, corriste peligro y no tenias alternativa mas que defenderte. si tenes los dos items que mencionaste vos abogado y QQ..... creo que tenes el chance de quedar al fresh

Hay algo muy importante, la legitima defensa no Justifica matar a alguien.

wizard_712
12-Jul-2011, 12:09
Hay algo muy importante, la legitima defensa no Justifica matar a alguien.

un comentario muy importante............. tampoco un robo.... facilmente si realmente sos cabron podes simplemente meterle un su par de llegues a las paternas y listo.... pero en caso que de mala pata aun tirandole a las patas igual cuelgue los caites pues..... nimodo....

wizard_712
12-Jul-2011, 12:25
ahora, eso es si el sujeto 2 muere.......

peeeero que pasa si el sujeto 2 no muere sino resulta herido tras el enfrentamiento, el cual el empezo, y vos sujeto 1 terminaste, hiriendolo en abdomen y no muere......

KeNneTKdA
12-Jul-2011, 12:51
Mira todo cae a lo mismo interpretacion de la situacion y mucho tiene que ver tu abogado y el QQ que metas, pq imaginate como pusieron alli que fuera una pistola de balines (para tu suerte), y vos le dejas ir 3 en el pecho, ya pizaste pq nunca estuviste en peligro real :rvm: ya que con eso no te podia hacer nada, a pesar que te pidiera tu billetera no iba a poder matar a nadie.

que trabada y como vas a saber que es de balines ñasldjfkñlasj :que: ... en el furor del momento

dessenfundas y le das y ya asdfalñskdfa :muere:

Guatemalo
12-Jul-2011, 13:05
ARTICULO 24.- Son causas de justificación:

Legítima defensa

1º. Quien obra en defensa de su persona, bienes o derechos, o en defensa de la persona, bienes o derechos de otra, siempre que concurran las circunstancias siguientes:

a) Agresión ilegítima;
b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;
c) Falta de provocación suficiente por parte del defensor. Se entenderá que concurren estas tres circunstancias respecto de aquel que rechaza al que pretenda entrar o haya entrado en morada ajena o en sus dependencias, si su actitud denota la inminencia de un peligro para la vida, bienes o derechos de los moradores.

El requisito previsto en el literal c) no es necesario cuando se trata de la defensa de sus parientes dentro de los grados de ley, de su cónyuge o concubinario, de sus padres o hijos adoptivos, siempre que el defensor no haya tomado parte en la provocación.

Me pareció raro leer lo de los calibres, en realidad como ven en CP no dice nada del calibre de las armas, si llega una persona en la oscuridad a tu casa sea con un cuchillo o con un picahielos y está entrando en tu casa poniendo en peligro tu vida, puedes disparar.

si alguien te agrede, supongamos entra a un restaurante y hace disparos aunque sea al aire puedes disparar.

En el caso expuesto, se puede alegar legitima defensa sin lugar a dudas. Independientemente de que el tenga una 22 y tu una 9mm o .40 no importa si tu vida está en riesgo dispara por que es aplicable esta causa de justificación en el inciso a y b. Eso si también depende de que tan ducho es tu abogado por que hay unos tan mulas que viendo el caso no piden que se aplique la causa de justificación.

El que seas susceptible a la aplicación de una causa de justificación no implica que te dejan libre, claro que deben de investigar y claro podrían pedir arresto domiciliario, como te digo depende del abogado.


solo aqui un ejemplo de lo confuzo de la ley...


mi consejo es matar y corre.. igual no te hagarran .. si no hagarran a los delincuentes que lo hace a diario..

marco78
12-Jul-2011, 13:08
solo aqui un ejemplo de lo confuzo de la ley...


mi consejo es matar y corre.. igual no te hagarran .. si no hagarran a los delincuentes que lo hace a diario..

No los agarran porque las armas que usan son robadas y/o tienen el numero de serie esmerilado, mientras que uno, como buen ciudadano, tiene sus papeles en orden y el arma debidamente registrada en el oscuro, confuso y laberintico DIGECAM :alaputa:

antalus
12-Jul-2011, 13:12
Mata y corre alli esta tu respuesta :si:

fifo
12-Jul-2011, 13:15
ahora, eso es si el sujeto 2 muere.......

peeeero que pasa si el sujeto 2 no muere sino resulta herido tras el enfrentamiento, el cual el empezo, y vos sujeto 1 terminaste, hiriendolo en abdomen y no muere......

viene otro proceso en tu contra lkdfjklfjaksfjas pero es mas complejo y a veces salis bien librado y en otras no

que trabada y como vas a saber que es de balines ñasldjfkñlasj :que: ... en el furor del momento

dessenfundas y le das y ya asdfalñskdfa :muere:

A veces me preguto pq drowned te hizo moderador aldfjafakfs no ya sin pajas no sabes, lo sabras cuando le hagan el chequeo y te digan, mire compa esa era de balines y onwen lasdjfa pero el clavo ya esta ya lo mataste.

JosGT
12-Jul-2011, 13:16
No los agarran porque las armas que usan son robadas y/o tienen el numero de serie esmerilado, mientras que uno, como buen ciudadano, tiene sus papeles en orden y el arma debidamente registrada en el oscuro, confuso y laberintico DIGECAM :alaputa:

x2

Sin embargo yo tengo a un cuate temerario (o mula cada quien q saque concluciones) q carga un arma legal, con papeles en orden en su estuche en la cintura y ala vista, y una "ilegal" en la espalda. segun dice los polis siempre le paran y enseña la primera arma y nunca se fijan si lleva otra :que:

todo para evitar q lo rastreen si dispara a algún caco maldito dice. :asaber3:

fifo
12-Jul-2011, 13:17
x2

Sin embargo yo tengo a un cuate temerario (o mula cada quien q saque concluciones) q carga un arma legal, con papeles en orden en su estuche en la cintura y ala vista, y una "ilegal" en la espalda. segun dice los polis siempre le paran y enseña la primera arma y nunca se fijan si lleva otra :que:

todo para evitar q lo rastreen si dispara a algún caco maldito dice. :asaber3:

el clavo es que no lo agarren nunca con la otra pq si lo agarran, se va por todas las de esa arma

peluso
12-Jul-2011, 13:33
solo mira este caso

http://www.elperiodico.com.gt/es/20070613/actualidad/40622/


este pobre don mato a un ladron que estaba asaltando un bus, el se quedo esperando a que llegara la policia, y lo que paso fue qe lo metieron 9 meses a la carcel a esperar el juicio, encima de eso el MP pidio 6 años de prision para este pobre don :maleado:

al final lo dejaron libre, pero estuvo preso mucho tiempo :asco:

Guatemalo
12-Jul-2011, 13:44
x2

Sin embargo yo tengo a un cuate temerario (o mula cada quien q saque concluciones) q carga un arma legal, con papeles en orden en su estuche en la cintura y ala vista, y una "ilegal" en la espalda. segun dice los polis siempre le paran y enseña la primera arma y nunca se fijan si lleva otra :que:

todo para evitar q lo rastreen si dispara a algún caco maldito dice. :asaber3:



:si::si::si::si::si::si::si::si:

buenisima idea chatoo....

tomando nota..!!

JOSE CH MEJIA
12-Jul-2011, 13:55
muy sierto, pero todo entra en consideracion de este modo.....

-por evitar que me roben 300 quetzalitos y un celular que me costo 500 quetzales, mato al ladron y corro el riesgo de que aunqsea un mes me metan al tambo, en este caso, mi familia gastando dinerales en abogados, y quien sabe que mas con tal que no me convierta en concubina de un mierda en el bote.

-por derecho de la vida, y por defenderme y no dejarme que un jueputa me despoje de lo que a mi me costo, o no me costo pero de igual manera es mio, lo mato y soy feliz con que no me deje aunque tenga que soltar 50 veces mas de dinero que lo que me iban a robar.

allí tenés razón, pero la verdad cómo cuesta aguantarse,
a 2 compañeros y a mí nos asaltaron frente a la oficina, en la zona 5, a un costado de una avenida principal, solo se llevaron las maletas del chance con facturas, cheques, etc y los teléfonos, ciertamente nos encañonaron pero no nos hicieron nada, yo cargaba arma pero no pensé que valiera la pena armar una balacera en dónde lo más seguro era que hubiera salido herido alguien que solo estubiera pasando por el lugar o alguno de nosotros, aparte conociendo como funciona la ley, no era de arriesgarse a ir a dar la bote, de todos modos los teléfonos con línea luego los reponen, las facturas la empresa las repone y los cheques los clientes los reponen y por un poco de pisto que se llevaron y quede todos modos ya no se iba a recuperar para qué me iba a meter en lios.........
me tuve que aguantar las ganas de socarlos,:alegar3:

Axus009
12-Jul-2011, 14:53
un comentario muy importante............. tampoco un robo.... facilmente si realmente sos cabron podes simplemente meterle un su par de llegues a las paternas y listo.... pero en caso que de mala pata aun tirandole a las patas igual cuelgue los caites pues..... nimodo....

El clavo aqui es que le tiras a las piernas, el delincuente no muere, al rato te mira o te encuentra y te soca de una vez, igual moris vos.

Roberto1979
11-Sep-2012, 00:04
Excelente tema, es lamentable aqui en Guate es una mierda, defensores de ladrones, asesinos y extorcionistas .l.

UWS
11-Sep-2012, 06:59
allí tenés razón, pero la verdad cómo cuesta aguantarse,
a 2 compañeros y a mí nos asaltaron frente a la oficina, en la zona 5, a un costado de una avenida principal, solo se llevaron las maletas del chance con facturas, cheques, etc y los teléfonos, ciertamente nos encañonaron pero no nos hicieron nada, yo cargaba arma pero no pensé que valiera la pena armar una balacera en dónde lo más seguro era que hubiera salido herido alguien que solo estubiera pasando por el lugar o alguno de nosotros, aparte conociendo como funciona la ley, no era de arriesgarse a ir a dar la bote, de todos modos los teléfonos con línea luego los reponen, las facturas la empresa las repone y los cheques los clientes los reponen y por un poco de pisto que se llevaron y quede todos modos ya no se iba a recuperar para qué me iba a meter en lios.........
me tuve que aguantar las ganas de socarlos,:alegar3:

vos y entonces para que cargas arma, si el caco te la llega a ver te dispara, o mas con suerte solo te la huevea.. yo les voy a decir algo a todos y creanlo soca al caco y andate yo no se si el mp o la pnc al darse cuenta que el muerto es caco no le ponen mucho coco, yo se de personas que han matado ladrones con armas registradas y las han llevado a troquelar a digecam y algo ahuevados que les va a salir algun clavo y no pasa nada. aca en guate no andan investigando tanto..


si a me pasara que me traten de asaltar y me da tiempo de reaccionar segurito que le mando trabajo a san pedro.

K-OZ
11-Sep-2012, 07:14
en tu residencia si el susodicho esta dentro de tu residencia volale plomo y lo sacas a la calle slkadjfdñasfasafjk porqeu aqui las leyes son para los delincuentes :si:

si, mejor si lo sacas a la calle antes de que llegue la nana alcahueta a recoger el cuerpo de su angelito.

marioc30
11-Sep-2012, 07:49
ARTICULO 24.- Son causas de justificación:

Legítima defensa

1º. Quien obra en defensa de su persona, bienes o derechos, o en defensa de la persona, bienes o derechos de otra, siempre que concurran las circunstancias siguientes:

a) Agresión ilegítima;
b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;
c) Falta de provocación suficiente por parte del defensor. Se entenderá que concurren estas tres circunstancias respecto de aquel que rechaza al que pretenda entrar o haya entrado en morada ajena o en sus dependencias, si su actitud denota la inminencia de un peligro para la vida, bienes o derechos de los moradores.

El requisito previsto en el literal c) no es necesario cuando se trata de la defensa de sus parientes dentro de los grados de ley, de su cónyuge o concubinario, de sus padres o hijos adoptivos, siempre que el defensor no haya tomado parte en la provocación.

Me pareció raro leer lo de los calibres, en realidad como ven en CP no dice nada del calibre de las armas, si llega una persona en la oscuridad a tu casa sea con un cuchillo o con un picahielos y está entrando en tu casa poniendo en peligro tu vida, puedes disparar.

si alguien te agrede, supongamos entra a un restaurante y hace disparos aunque sea al aire puedes disparar.

En el caso expuesto, se puede alegar legitima defensa sin lugar a dudas. Independientemente de que el tenga una 22 y tu una 9mm o .40 no importa si tu vida está en riesgo dispara por que es aplicable esta causa de justificación en el inciso a y b. Eso si también depende de que tan ducho es tu abogado por que hay unos tan mulas que viendo el caso no piden que se aplique la causa de justificación.

El que seas susceptible a la aplicación de una causa de justificación no implica que te dejan libre, claro que deben de investigar y claro podrían pedir arresto domiciliario, como te digo depende del abogado.

En varios puntos le acertaste pero te desgloso como va la cosa en materia penal.

a) agresión ilegítima (debe entenderse como agresión legítima, que te faculta para defenderte como persona) esto quiere decir que la misma agresión empieza al hacer la primera amenaza allí se ejecuta la causal, el problema es la interpretación errada que se le da por parte de los jueces y fiscales (tienen mucho que ver lo malditos derechos humanos del delincuente) ya que por ello esta causal no se puede aplicar practicamente aunque teoricamente si se debería.

b) Esta es la que se debe de pedir ya que se concatena con el numeral 2o. Estado de necesidad. Quien haya cometido un hecho obligado por la necesidad de salvarse o de salvar a otros de un peligro, no causado por él voluntariamente ni evitable de otra manera, siempre que el hecho sea em proporción al peligro (arma = arma)

Así mismo le es aplicable el artículo 25 numeral 1o. Miedo Invencible. Ejecutar el hecho impulsado por miedo i8nvencible de un daño igual o mayor, cierto o inminente, según las circunstancias.

La literal c del artículo 24 se pide solo si están en sus hogares.

Y como ya lo dijo taty todo depende del aboganster que hay unos que si son bien mulas.

solo mira este caso

http://www.elperiodico.com.gt/es/20070613/actualidad/40622/


este pobre don mato a un ladron que estaba asaltando un bus, el se quedo esperando a que llegara la policia, y lo que paso fue qe lo metieron 9 meses a la carcel a esperar el juicio, encima de eso el MP pidio 6 años de prision para este pobre don :maleado:

al final lo dejaron libre, pero estuvo preso mucho tiempo :asco:


Así es amigo por desgracia los del mp son tan pero tan mulas que acusan solo por acusar.

Ellos tienen una cosa por cuotas es decir tienen que tener sentencias condenatorias como que fuera maquila, entonces la investigación se vuelve estupida y a los verdaderos delincuentes los dejan libre la onda para ellos es condenar.

El defensor de este doncito fue el que me enseño derecho penal y te digo es un cabronazo, es de cuba el abogado y se nacionalizó guatemalteco la chava que lo defendió también me dio clases, sus abogados eran dos muy buenos por eso es que está libre sino seguiría en el bote.

lorocochapin
11-Sep-2012, 08:52
:clap: calidad buen thread... tengo una duda sobre defensa propia:

Y si el caco intenta DISPARA (o intenta puyarme) y no me mata, luego sale corriendo, lo persigo 10 cuadras, lo alcanzo y le paso el carro encima, lo aplasto, lo atropello o le meto tres plomazos en la cabeza (lo que salga más práctico)

ahi aplica defensa propia?
o resulta que fue persecusión y asesinato?
:asaber:

hanzo
11-Sep-2012, 09:01
la mejor defensa es correr. eso de que te la querras llevar de rambo disparando cuatro cargadores solo pasa en las peliculas, en la vida real la mejor oportunidad que tenes de vivir es correr, agacharte, esconderte y socarlos si te buscan. en todo incidente solo vas a necesitar no mas de tres disparos. si es de improvisado que te salen, el primero o segundo seran para impresionar mientras salis corriendo y buscas donde refugiarte.

legitima defensa solo si el otro sujeto porta arma de fuego o tu vida esta expuesta al peligro, como ya te dijeron arriba tienen que estar en igualdad de condiciones, de lo contrario te va a joder.

hanzo
11-Sep-2012, 09:02
:clap: calidad buen thread... tengo una duda sobre defensa propia:

Y si el caco intenta DISPARA (o intenta puyarme) y no me mata, luego sale corriendo, lo persigo 10 cuadras, lo alcanzo y le paso el carro encima, lo aplasto, lo atropello o le meto tres plomazos en la cabeza (lo que salga más práctico)

ahi aplica defensa propia?
o resulta que fue persecusión y asesinato?
:asaber:

fumaste mucha mota o que? si te dispara ya no te levantas, aunque sea en la panza el plomazo, no vas a poder correrlo ni siquiera una cuadra.

lorocochapin
11-Sep-2012, 09:12
fumaste mucha mota o que? si te dispara ya no te levantas, aunque sea en la panza el plomazo, no vas a poder correrlo ni siquiera una cuadra.
no seás pues... la defensa propia va en función de que te disparen, NO QUE TE ATINEN EL DISPARO :mongol:, osea que vos le decís al caco "como no me diste no te puedo disparar, te salvaste!" no va.... :mongol:


Los policías pueden y deben perseguir a los agresores, es su chance... persecusión para captura. Pero una persona normal como nosotros? qué tal si uno decide perseguirlos??? y luego te los echás pero el disparo en tu contra fue hace 10 cuadras??????

pancho19
11-Sep-2012, 09:21
que pasaria si uno tiene una grabacion

ejemplo:

estoy en x lugar y un ladron me sorprenden por detras con un arma de fuego q me pone en la cabeza despues de entregarle todos mis pertenencias en un momento de descuido de parte del ladron saco un arma y lo mato ya sea con un cuchillo o pistola etc

pero todo quedo grabado por x camara ya sea la camara de un retaurante una gasolinera algun edifico etc.

que pasaria en ese caso si uno tiene evidencia como esa siempre corre uno el riego de ir a la carcel por meses.

yan
11-Sep-2012, 09:26
ARTICULO 24.- Son causas de justificación:

Legítima defensa

1º. Quien obra en defensa de su persona, bienes o derechos, o en defensa de la persona, bienes o derechos de otra, siempre que concurran las circunstancias siguientes:

a) Agresión ilegítima;
b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;
c) Falta de provocación suficiente por parte del defensor. Se entenderá que concurren estas tres circunstancias respecto de aquel que rechaza al que pretenda entrar o haya entrado en morada ajena o en sus dependencias, si su actitud denota la inminencia de un peligro para la vida, bienes o derechos de los moradores.

El requisito previsto en el literal c) no es necesario cuando se trata de la defensa de sus parientes dentro de los grados de ley, de su cónyuge o concubinario, de sus padres o hijos adoptivos, siempre que el defensor no haya tomado parte en la provocación.

Me pareció raro leer lo de los calibres, en realidad como ven en CP no dice nada del calibre de las armas, si llega una persona en la oscuridad a tu casa sea con un cuchillo o con un picahielos y está entrando en tu casa poniendo en peligro tu vida, puedes disparar.

si alguien te agrede, supongamos entra a un restaurante y hace disparos aunque sea al aire puedes disparar.

En el caso expuesto, se puede alegar legitima defensa sin lugar a dudas. Independientemente de que el tenga una 22 y tu una 9mm o .40 no importa si tu vida está en riesgo dispara por que es aplicable esta causa de justificación en el inciso a y b. Eso si también depende de que tan ducho es tu abogado por que hay unos tan mulas que viendo el caso no piden que se aplique la causa de justificación.

El que seas susceptible a la aplicación de una causa de justificación no implica que te dejan libre, claro que deben de investigar y claro podrían pedir arresto domiciliario, como te digo depende del abogado.



no dice nada de las armas en el codigo penal pero si en la ley de armas y municiones en donde especifica que armas pueden ser portadas por personal civil con licencia y cuales estan prohibidas ej. ak 47 es prohibida

con respecto a lo de la legitima defenza una es muy dificil probarla a no ser que tengas un chorral de testigos y siempre te vas preso porque? simple el estado de guatemala supuestamente garantiza la viabilidad osea la vida y matastes a alguien es un asesinato, la legitima defenza no extingue la pena mas bien la atenua

marioc30
11-Sep-2012, 10:01
no dice nada de las armas en el codigo penal pero si en la ley de armas y municiones en donde especifica que armas pueden ser portadas por personal civil con licencia y cuales estan prohibidas ej. ak 47 es prohibida

con respecto a lo de la legitima defenza una es muy dificil probarla a no ser que tengas un chorral de testigos y siempre te vas preso porque? simple el estado de guatemala supuestamente garantiza la viabilidad osea la vida y matastes a alguien es un asesinato, la legitima defenza no extingue la pena mas bien la atenua

fail.

Aparte son las causas de justificación artículo 24, causas de inculpabilidad artículo 25 del Código Penal (estas de dejan fuera de proceso por acreditar que no es tu culpa) y aparte las circunstancias que modifican la responsabilidad penal en los artículos 26 y 27 del Código Penal. (Que te llevan a proceso pero unas reducen tu pena y otras te llevan a los límites más altos de la pena).

Por eso la legítima defensa está entre las causas de justificación.

Además el asesinato no es solo el matar sino tiene agravantes específicas.

No es que garantice la viabilidad que son solo las condiciones para tener vida, por eso se organiza el estado para proteger la vida desde su concepción.

marioc30
11-Sep-2012, 10:03
que pasaria si uno tiene una grabacion

ejemplo:
estoy en x lugar y un ladron me sorprenden por detras con un arma de fuego q me pone en la cabeza despues de entregarle todos mis pertenencias en un momento de descuido de parte del ladron saco un arma y lo mato ya sea con un cuchillo o pistola etc

pero todo quedo grabado por x camara ya sea la camara de un retaurante una gasolinera algun edifico etc.

que pasaria en ese caso si uno tiene evidencia como esa siempre corre uno el riego de ir a la carcel por meses.

Para que no vayas a la carcel tenes que tener cuates y abogado pilas para tener una copia de lo que paso y presentarlo en la primera declaración ya que si esperas obtenerlo por el mp te chingaste. Si lo presentes en la primera declaración el juez puede declarar la falta de mérito o medidas sustitutivas a la prisión y al final se puede pedir el sobreseimiento del proceso si mal no recuerdo.

chronos
11-Sep-2012, 10:35
Para que no vayas a la carcel tenes que tener cuates y abogado pilas para tener una copia de lo que paso y presentarlo en la primera declaración ya que si esperas obtenerlo por el mp te chingaste ...

En resumen, si no tenes dinero y conexiones te vas preso con o sin razon ...

marioc30
11-Sep-2012, 11:41
En resumen, si no tenes dinero y conexiones te vas preso con o sin razon ...


cabal así lo puse en un thread, o un abogado pilas va, a un chavo lo querían pizar por una violación pero las pruebas científicas lo ubicaban en otro lugar pero como al MP no le convenía saber porque no lo presentó, total que su abogada de la defensa pública penal hizo un vergueo pero al final ganó.

hanzo
11-Sep-2012, 18:44
no seás pues... la defensa propia va en función de que te disparen, NO QUE TE ATINEN EL DISPARO :mongol:, osea que vos le decís al caco "como no me diste no te puedo disparar, te salvaste!" no va.... :mongol:


Los policías pueden y deben perseguir a los agresores, es su chance... persecusión para captura. Pero una persona normal como nosotros? qué tal si uno decide perseguirlos??? y luego te los echás pero el disparo en tu contra fue hace 10 cuadras??????

insisto vivis en un mundo de fantasias, en la vida real eso no funciona asi, si lo corres diez cuadras o dos cuadras o una cuadra es porque sos pendejo. y no aplica la legitima defensa porque fue tiempo pasado la agresion tuviste tiempo para pensar en como vengarte, vas directo a presidios