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Ver la Versión Completa : Consulta laboral - calculo de prestaciones


Rsebastian
01-Jun-2012, 06:05
bueno ya se que esto es repost pero tengo una duda que no he visto en los otros thread e igual le puede servir a mas mara.

La cosa es que a mi me pagan por decirles algo Q.2,500 y de bonificacion en vez de darme los Q.250 que estipula la ley, me dan Q.1,500.

Ahora bien si al momento de dejar uno la empresa ya sea por renuncia o despido (hay indemnizacion universal), estos Q.1,500 son tomados como ventaja economica para el calculo de las prestaciones? o solo se calcula las prestacione sobre los Q.2,500.?

Buena onda por sus comentarios. :ok:

jose rodriguez
01-Jun-2012, 06:21
Se toma unicamente proporcionado sobre el sueldo base tomando los años laborados por el trabajador eso 1500 que estas recibiendo los toman como que fueran incentivos no parte de tu salario mensual.

MMpower
01-Jun-2012, 06:27
Sólo sueldo base :ok:

marvcrema
01-Jun-2012, 06:38
Pajas!!! En calculo de indemnizacion entran todos los ingresos horas extras, comisiones, bonificaciones, bono decreto, ordinario.

Cheves
01-Jun-2012, 07:14
En el sitio del ministerio de trabajo había una calculadora para hacer el calculo de prestaciones pero la quitaron no hace mucho :rvm:

tonys
01-Jun-2012, 07:18
Unicamente la base para el calculo, o promedio de los ultimos 6 meses,sin tomar en cuenta las bonificaciones

Msolorzano
01-Jun-2012, 07:18
Entran todos los demás ingresos, excepto los Q250.00 bonificacion decreto, como te mencionaron arriba, horas extras, comisiones, bonificaciones. :puravida:

Mr.Anderson
01-Jun-2012, 07:22
Pajas!!! En calculo de indemnizacion entran todos los ingresos horas extras, comisiones, bonificaciones, bono decreto, ordinario.

:nono: porqué crees que hay trabajos con sueldo base pequeño y una gran bonificación?... porque precisamente a la hora de sacarte.. :gtfo: únicamente lo hacen bajo el sueldo base.. :pensa:


SOLO EL SUELDO BASE SE USA PARA EL CÁLCULO DE PRESTACIONES... :cheebs:

Nash8823
01-Jun-2012, 07:28
Podés pelearlas, y a la larga en el Ministerio de Trabajo podés ganarlas. El rollo es de que te irías mal de la empresa, y la resolución la dan hasta 2 años después! :yano:

Es un proceso largo y en realidad si cuando te contrataron te dijeron que esos 1,500 eran una bonificación por producción, por ventas o por cualquier otro motivo, ellos también tienen base legal para no dártelas, e incluso moralmente que las pidieras está mal :si:

Mandame PM y te puedo explicar específicamente tu caso

Egroj
01-Jun-2012, 07:32
Pajas!!! En calculo de indemnizacion entran todos los ingresos horas extras, comisiones, bonificaciones, bono decreto, ordinario.

x 2, si lo incluye

marvcrema
01-Jun-2012, 20:51
:nono: porqué crees que hay trabajos con sueldo base pequeño y una gran bonificación?... porque precisamente a la hora de sacarte.. :gtfo: únicamente lo hacen bajo el sueldo base.. :pensa:


SOLO EL SUELDO BASE SE USA PARA EL CÁLCULO DE PRESTACIONES... :cheebs:

Mira mijo!!! Yo trabajo desde hace 5 años en area de nomina, he hecho finiquitos laborales en bancos, en las industrias castillo o sea mano obra, y actualmente en una empresa de telecomunicaciones, por tanto se de los calculos.

Te explico para indemnizacion se toman todos los ingresos todos, y depende de la empresa se hace promedio de 3, 6, 12 meses a ese promedio de sumas la 1/12 de aguinaldo y bono 14 y ese resultado seria lo que te toca por año laborado.

Ahora ciertamente hay empresas que pagan poco de ordinario y chingo de decreto pero es por las razones de no pagar tantas cotas patronales al mes, y si te afecta en aguinaldo y bono 14 por que solo te pagan la base.

Para vacaciones pendientes de pago tambien se toman todos los ingresos.

Ahora existen las ventajas economicas pero es otro rollo que mucho no saben que las pueden pedir.....

Si alguien quiere el formato en excel de una liquidacion y por la modica cuota de un gracias se los envío.

Rsebastian
01-Jun-2012, 21:57
buena onda a toda la mara que ha comentado :si: la verdad mi duda nacio ya que no hay nada escrito en el codigo de trabajo que amplie el tema de las "ventajas economicas", entonces al final, al menos en mi caso que la "bonificacion" es superior a la que establece la ley, te genera duda si es o no una ventaja economica y si se debe o no calcular dentro de la indemnizacion.

Al final la intencion es saber a que tenes derecho y a que no, si de algo pecamos muchas veces los chapines es de ignorantes ya sea por confiados o porque somos mulas y no preguntamos a alguien que tenga conocimiento del tema.

Por cierto, si alguien pudiera ampliar el tema de ventajas economicas seria deawevo para cultura general del populacho.

Rsebastian
01-Jun-2012, 22:02
Si alguien quiere el formato en excel de una liquidacion y por la modica cuota de un gracias se los envío.


yo te tomo la palabra, te agradeceria mucho si pudieras compartirme tu archivo :ok:

chakpunknk
01-Jun-2012, 22:15
en el ministerio de trabajo lo hacen en 5 min , si no hay cola,

ahora bien , si renuncias , adios todo, jejeje

ya depende de la empresa si te da o nop, o solo te da una parte. pero esto queda a nivel del dueño.

Asi funciona mijo.

marvcrema
01-Jun-2012, 22:44
buena onda a toda la mara que ha comentado :si: la verdad mi duda nacio ya que no hay nada escrito en el codigo de trabajo que amplie el tema de las "ventajas economicas", entonces al final, al menos en mi caso que la "bonificacion" es superior a la que establece la ley, te genera duda si es o no una ventaja economica y si se debe o no calcular dentro de la indemnizacion.

Al final la intencion es saber a que tenes derecho y a que no, si de algo pecamos muchas veces los chapines es de ignorantes ya sea por confiados o porque somos mulas y no preguntamos a alguien que tenga conocimiento del tema.

Por cierto, si alguien pudiera ampliar el tema de ventajas economicas seria deawevo para cultura general del populacho.

Mira pue las ventajas economicas son por decir asi un porcentaje extra que te pueden dar al momento que te despidan en la mayoria de casos y esto trata de agregar un 30% al valor total de tu liquidacion.... Y te preguntaras como frutas tengo acceso a esto....

Primero debes saber si estas beneficiado de este rubro.. Simple si la empresa tiene un oasis y te da agua sin cobrarte eso es una ventaja economica, si te da cafe, si te da pc, si te da parqueo, hasta si tenes acceso a internet o telefono y no te lo cobran es considerado ventaja economica y podes cobrar ese porcentaje extra.

Ahora este porcentaje no se conoce mucho por que mas que todo se da en casos de despido donde el empleado es mandado a la shit y el emputado va al MT y le kiere meter el nabo al patrono y el asesor del MT te pregunta si tenias servicios como esos y con esto ya podes proceder a cobrar esta parte extra.

Y esto de leyes es un gran rollo, xq si vas al MT y el patrono se cierra en no querer pagar se alarga el proceso y te vas a juicio pero lo pizado no esta en que pierdas o ganes, aunke lo mas seguro que el empleado siempre gane... Es que manchas tu antecedentes penales y en las empresas que he trabajado han llegado a pedir trabajo y muy pilas y cabrones para las plazas vacantes pero al mirar xq fueron a juicio te sacan del proceso, es injusto pero ellos no quieren correr el riesgo que tambien los demandes.

Te voy a mandar el formato mañana solo, ahorita xq no tengo a la mano la pc.... Escribo de la bb.

dep
01-Jun-2012, 22:48
Mira mijo!!! Yo trabajo desde hace 5 años en area de nomina, he hecho finiquitos laborales en bancos, en las industrias castillo o sea mano obra, y actualmente en una empresa de telecomunicaciones, por tanto se de los calculos.

Te explico para indemnizacion se toman todos los ingresos todos, y depende de la empresa se hace promedio de 3, 6, 12 meses a ese promedio de sumas la 1/12 de aguinaldo y bono 14 y ese resultado seria lo que te toca por año laborado.

Ahora ciertamente hay empresas que pagan poco de ordinario y chingo de decreto pero es por las razones de no pagar tantas cotas patronales al mes, y si te afecta en aguinaldo y bono 14 por que solo te pagan la base.

Para vacaciones pendientes de pago tambien se toman todos los ingresos.

Ahora existen las ventajas economicas pero es otro rollo que mucho no saben que las pueden pedir.....

Si alguien quiere el formato en excel de una liquidacion y por la modica cuota de un gracias se los envío.

:word:

Kaiman
01-Jun-2012, 22:51
x2

yo tambien lo quiero mano, por favor :si:

yo te tomo la palabra, te agradeceria mucho si pudieras compartirme tu archivo :ok:

marvcrema
01-Jun-2012, 23:01
Hagamos algo!!! Ya tengo pms yo manana lo subire a este thread para que quede como archivo y lo usen y quienes me mandaron correo yo se los envío alli tambien!!

Light Archangel
02-Jun-2012, 00:26
Hagamos algo!!! Ya tengo pms yo manana lo subire a este thread para que quede como archivo y lo usen y quienes me mandaron correo yo se los envío alli tambien!!

Que buenisima onda vos, asi va a estar disponible para cualquiera que lo necesite, gracias! :si:

marvcrema
05-Jun-2012, 22:33
senores mil disculpas por la demora :asaber:, pero me hacia un poco te tiempo para poder hacer modificacion al formato para hacerlo mas comprensible :mongol:, cualquier duda me cuentas ya sea por pm o al correo [email protected]

Rsebastian
06-Jun-2012, 09:39
senores mil disculpas por la demora :asaber:, pero me hacia un poco te tiempo para poder hacer modificacion al formato para hacerlo mas comprensible :mongol:, cualquier duda me cuentas ya sea por pm o al correo [email protected]

Buenisima onda compañero :ok:

este archivo será de gran ayuda para la comunidad :si:

Rsebastian
06-Jun-2012, 09:45
Que buena mierda ese archivo :adopaja::adopaja::adopaja:, hasta mas paja que la culculadora que habia en la pagina del ministerio de trabajo.

:drowned:

marvcrema
06-Jun-2012, 14:54
Que buena mierda ese archivo :adopaja::adopaja::adopaja:, hasta mas paja que la culculadora que habia en la pagina del ministerio de trabajo.

:drowned:

Alli esta cualquier duda ya saben, sino me la se se los puedo averiguar

lorocochapin
06-Jun-2012, 15:00
:clap: :clap: :clap: buenísimo :si:
ahora ya sabremos nuestro peso en oro aslñdkf jaslñdfj

fifo
06-Jun-2012, 15:01
Alli esta cualquier duda ya saben, sino me la se se los puedo averiguar

si no igual te la inventas alkkdfjalkfj

yo no se y no creo justo que uno que ha dado tanto por una empresa que al final lo tratan a uno como su trapo sucio, no puedan venir y darle el tiempo que ya mas que ganado se lo tiene, pero vienen y hechan a alguien por negligente, mal trabajador etc y alli le dan todo su dinero, nunca entendere eso. Por cierto bonito formato

peluso
06-Jun-2012, 15:05
esos 1,500 en teoria no aplicaria para el calculo de las prestaciones

pero si vas al ministerio de trabajo estoy casi seguro que podrias ganar el caso,
eso si tendrias que esperar unos meses para que se resuelva a tu favor

marvcrema
06-Jun-2012, 18:44
si no igual te la inventas alkkdfjalkfj

yo no se y no creo justo que uno que ha dado tanto por una empresa que al final lo tratan a uno como su trapo sucio, no puedan venir y darle el tiempo que ya mas que ganado se lo tiene, pero vienen y hechan a alguien por negligente, mal trabajador etc y alli le dan todo su dinero, nunca entendere eso. Por cierto bonito formato
Mmmmmm!!!! Miren la indemnizacion unicamente aplica si te despiden, ahora si la empresa la tiene como universal tambien aplica...... Y como por el anio 1992 la indemnizacion era universal de ley, pero vino serrano elias y aplico el bono 14 o aguinaldo.... No recuerdo cual y dijo patronos paguen el bono siempre o los soco!!! Pero ya no estan obligados a pagar indemnizacion en casos de renuncia!!!!

marvcrema
06-Jun-2012, 18:47
esos 1,500 en teoria no aplicaria para el calculo de las prestaciones

pero si vas al ministerio de trabajo estoy casi seguro que podrias ganar el caso,
eso si tendrias que esperar unos meses para que se resuelva a tu favor

Si podes pedirlo en el MT, pero el camote es que quedas marcado en las bases de datos y muy difil conseguis chance!!! En mi trayectoria he visto de casos de mara aferrada que quiere pizar al patrono y otros donde se pizan al empleado, pero alli si que puede hacer uno..... Donde manda capitan no manda marinero

pitufitosjm
06-Jun-2012, 19:58
gracias por el archivo, me es de gran ayuda

PACO9
06-Jun-2012, 20:40
Esta bueno el formato, para tener una idea!! :diablo: Ya hice mi calculo :oscar3:

NiCker
07-Jun-2012, 09:22
Gracias por compartir el archivo manin, :ok:

oskrmessi
20-Aug-2012, 17:45
alguien me puede ayudar con un tema de esta indole, del que han tratado aqui, estoy con duda y mañana ire a que me den mi liquidacion, pero no quiero que me agarren de mula....

marioc30
21-Aug-2012, 08:16
"DEPENDE".

Se los pongo así de esta manera para que todos tengamos conocimiento general; el salario debe estar fijado en todo contrato de trabajo así como los bonos que se le darán al trabajador, si en el contrato no se específico que los bonos no son parte del salario, entonces si se deben incluir en el calculo de prestaciones, si se especificó que los bonos son ventajas económicas entonces solo el sueldo base, por lo tanto la determinación del sueldo base debe establecerse en el contrato de trabajo, si no se estableció en materia laboral el patrono tiene la carga de la prueba (probar que el salario es uno y no el que establece el trabajador).

Porque se ha tomado este criterio, porque muchos patronos alegaban que lo que daban eran ventajas económicas, pero al no poder probarlo el principio del derecho del trabajo "in dubio pro operario" establecia que la resolución de tribunales debe ser la que mas favorezca al trabajador. (En consonancia con los tratados internacionales ratificados por Guatemala, dictados por la Organización Internacional del Trabajo)

Por esa razón es que unos dicen que si y otros que no pero como todo en la vida depende de momentos específicos en este caso el momento de pactar el salario.

Los 250.00 no se incluyen porque taxativamente la ley lo determina como un bono por lo que lo excluye del salario.

Es como la fumada que se han dado con el bono 14 y el aguinaldo que si te suspenden o te descuentan un día dicen que afecta, cuando las leyes que los llevan a la práctica determinan que no están afectos ni siquiera a descuentos por impuestos. Pero ese es otro tema solo a manera de comentario.

Espero les sirva.


Cesantia: cuantía y reglas de protección
"Artículo 82. Si el contrato de trabajo por tiempo indeterminado concluye una vez transcurrido el período de prueba, por razón de despido injustificado del trabajador, o por alguna de las causas previstas en el ar�� culo 79, el patrono debe pagar a éste una indemnización por tiempo servido equivalente a un mes de salario por cada año de servicios continuos y si los servicios no alcanzan a un año, en forma proporcional al
plazo trabajado.

Para los efectos del cómputo de servicios continuos, se debe tomar en cuenta la fecha en que se haya iniciado la relación de trabajo, cualquiera que ésta sea.
La indemnización por tiempo servido se rige, además, por estas reglas:
a) .........
b) Su importe debe calcularse tomando como base el promedio de los salarios devengados por el trabajador durante los últimos seis meses que tengan de vigencia
el contrato, o el tiempo que haya trabajado, si no se ha ajustado dicho término.
c) La continuidad del trabajo no se interrumpe por enfermedad, vacaciones, licencias, huelga legal u otras causas análogas que según este Código suspenden y no terminan el contrato de trabajo........"

Yusefhi
21-Aug-2012, 08:43
_:rvm: D triste realidad guatemalteca en muchos casos :llanto2:

marioc30
21-Aug-2012, 08:48
ESTO LO EXTRAJE DE LA PAGINA DEL MINISTERIO DE TRABAJO

Procedimiento para el Cálculo de Prestaciones Laborales
RELACIÓN LABORAL: Se debe tomar en cuenta para el efecto legal el año de 365 días, meses según calendario y los días adicionales, agregando así también un día ya que si no tomamos la resta de complejos no tomaríamos el día del inicio de la relación laboral. Ejemplo:
FECHA DE TERMINACIÓN : 2004---O5---20
FECHA DE INICIO: 1995---02---15
09 03 05 + 1 = 3,381 días laborados
FUNDAMENTO LEGAL: Artículo 45 de la ley del Organismo judicial.
INDEMNIZACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIO:
FÓRMULA:
SD ÷ 6 ∑ + H.E. X R.L ÷365 DÍAS
SD = SALARIO DEVENGADO
÷ 6 Para obtener los incrementos Legales.-
∑ = Sumatoria de los dos rubros
H.E. Horas Extraordinarias
R.L. Relación laboral
FUNDAMENTO LEGAL:
Artículo. 82 C de T.
Artículo. 1 Convenio 95
Artículo. 90 Dto. 76-78
Artículo. 4o. Cto. 42-92
Artículo. 88 C. de T. "c”
Artículo. 90 último párrafo del Código de Trabajo
Artículo. 93 C. de Trabajo
Artículo. 89 C. de Trabajo
Artículo. 15 C. de Trabajo
VENTAJAS ECONÓMICAS:
FÓRMULA:
SD x 42.86 % x R.L. ÷ 365 DÍAS
EXPLICACIÓN:
70--------100%
30--------X42.86 % Ventajas Económicas
FUNDAMENTO LEGAL:
Artículos: 90, 93, 88 Código de trabajo y Artículo 1 del Convenio 95.
VACACIONES:

FÓRMULA:
SD ÷ 30 X DHC X TPP ÷ 365 DÍAS
SD = SALARIO DEVENGADO
DHC = DÍAS HÁBILES QUE CORRESPONDAN
TPP = TIEMPO ENDIENTE DE PAGO EN DÍAS
FUNDAMENTO LEGAL:
Artículos 130 al 137 ( bis ) del Código de Trabajo
Artículo 82 literales “C” y “D” del Código de trabajo
Artículo 1o. Convenio 95.
AGUINALDO:
FÓRMULA:
SD X TPP ÷ 365 DÍAS
SD = SALARIO DEVENGADO
TPP = TIEMPO PENDIENTE DE PAGO EN DÍAS
FUNDAMNETO LEGAL:
Arculo 102 literal “J” Constitución de la República
Decreto 76-78 Ley reguladora del Aguinaldo
Artículo 1 Convenio 95
Articulo 88 literal “c” del Código de trabajo.
BONIFICACIÓN ANUAL DECRETO 42-92
FÓRMULA:
SOM X TPP ÷ 365 DÍAS
SOM = SALARIO ORDINARIO MENSUAL
TPP = TIEMPO PENDIENTE DE PAGO EN DÍAS
FUNDAMENTO LEGAL:
DECRETO 42-92
Artículo 1o. Convenio 95
Artículo 88 Literales a, b, c, del Código de Trabajo
BONIFICACIÓN: DECRETO 37-2001
FÓRMULA
BM ÷ 30 X TPP EJEMPLO: 250 ÷ 30 X DÍAS PENDIENTES DE PAGO
SALARIOS RETENIDOS:
FÓRMULA:
SM ÷ 30 X TPP
SM = SALARIO MENSUAL
TPP = TIEMPO PENDIENTE DE PAGO EN DÍAS



HORAS EXTRAORDINARIAS:
FÓRMULA:
SD ÷ 30 ÷ 8 X 1.5 Valor Extra Diurno
SD ÷ 30 ÷ 7 X 1.5 Valor Extra mixto
SD ÷ 30 ÷ 6 X 1.5 Valor Extra nocturno
SD÷ 30 ÷ 12 x 1.5 Valor Hora Extra Agentes de Seguridad y Guardianes.
NOTA: En el caso de las horas extras para menores de edad, dependiendo el horario de trabajo.
FUNDAMENTO LEGAL:
Artículos 121, 149, 124, del Código de Trabajo.
AJUSTE SALARIO MÍNIMO:
FÓRMULA:
S.L. - S.P.÷ 30 X TPA.
S.L. = SALARIO LEGAL
S.P. = SALARIO PAGADO
TPA = TIEMPO PENDIENTE AJUSTAR ó días de tiempo que se ajusta salario.
FUNDAMENTO LEGAL:
Artículo 12 numeral 2 CONVENIO 95.

marvcrema
21-Aug-2012, 12:22
alguien me puede ayudar con un tema de esta indole, del que han tratado aqui, estoy con duda y mañana ire a que me den mi liquidacion, pero no quiero que me agarren de mula....

En resumen no te agueves en terminos laborales las leyes favorecen al trabajador, pues el empleador debe comprobar que lo que vos pedis o decis.....

El Gatio
09-Sep-2012, 03:25
Gracias cuazzz, va ser de gran ayuda este archivito amigo ya lo tome y muchas gracias...

marioc30
10-Sep-2012, 08:55
En el sitio del ministerio de trabajo había una calculadora para hacer el calculo de prestaciones pero la quitaron no hace mucho :rvm:

Ahora hay un documento que establece como hacer los cálculos en la página del ministerio de trabajo

GTK!
13-Nov-2012, 20:36
senores mil disculpas por la demora :asaber:, pero me hacia un poco te tiempo para poder hacer modificacion al formato para hacerlo mas comprensible :mongol:, cualquier duda me cuentas ya sea por pm o al correo [email protected]


Mano, mil gracias a vos por este archivo que me acaba de servir enormemente.

nokiegt again
21-Dec-2012, 11:36
Alguien tendra ese archivo, es que no me deja descarlo.

nokiegt again
21-Dec-2012, 15:42
help !!

expressgt
21-Dec-2012, 21:01
alagran... como trabajador que beneficio... como empresario que gran metida de verga... asi no dan ganas de tener empresa, entiendo que el mayor % de los guatemaltecos somos trabajadores asalariados pero... se han puesto a pensar lo complicado que se vuelve para las empresas (en especial las que inician) mantener una nomina con todo lo que significa los "bonos, aguinaldos, vacaciones, incentivos, pagos extras, suspensiones, cafe, agua y hasta los chicles?", es ahora donde entiendo que mientras mas prestaciones se dan a los trabajadores menos empresas salen adelante, obio hay grandes excepciones donde las empresas no brindan salarios justos.... pero como brindar un salario justo cuando muchos (no todos aclaro) chapines somos de los que chingamos hasta con el MT y si pudieramos con el MP para que nos paguen mas de lo acordado (sabiendo que es algo que no se acordo inicialmente) pero no decimos nada y hacemos sho cuando son las 10am y estamos viendo chat, correo, foro, porno y similares, pelandonosla, haciendonos de la vista gorda, viendo como dejamos que el dia pase... osea yo lo veo mas como empresario porque algun dia quiero ser empresario y si acuerdo un sueldo con una empresa no voy a meterles el huevo por mala honda pidiendo mas de lo acordado solo porque "me di cuenta que la ley me apoya", asi lo unico que hago es hacer que los que se quedan se pizen mas... los exploten aun mas... pongan contratos mas rigidos, paguen menos, exigan mejor preparacion sin incentivos reales de crecimiento y asi sucesivamente nos caguemos todos en todo.... por eso guate no avanza, porque muchos solo vemos un solo lado de la moneda, me AHUEVA ser empresario ahora, por eso si puedo me voy fuera a un pais con mejores ventajas competitivas sin tanta pizadera... bueno eso si algun dia soy empresario, por el momento espero mi sueldito de fin de mes que honradamente y con esfuerzo me gano...

KREATYVYTTY
21-Dec-2012, 21:26
alagran... como trabajador que beneficio... como empresario que gran metida de verga... asi no dan ganas de tener empresa, entiendo que el mayor % de los guatemaltecos somos trabajadores asalariados pero... se han puesto a pensar lo complicado que se vuelve para las empresas (en especial las que inician) mantener una nomina con todo lo que significa los "bonos, aguinaldos, vacaciones, incentivos, pagos extras, suspensiones, cafe, agua y hasta los chicles?", es ahora donde entiendo que mientras mas prestaciones se dan a los trabajadores menos empresas salen adelante, obio hay grandes excepciones donde las empresas no brindan salarios justos.... pero como brindar un salario justo cuando muchos (no todos aclaro) chapines somos de los que chingamos hasta con el MT y si pudieramos con el MP para que nos paguen mas de lo acordado (sabiendo que es algo que no se acordo inicialmente) pero no decimos nada y hacemos sho cuando son las 10am y estamos viendo chat, correo, foro, porno y similares, pelandonosla, haciendonos de la vista gorda, viendo como dejamos que el dia pase... osea yo lo veo mas como empresario porque algun dia quiero ser empresario y si acuerdo un sueldo con una empresa no voy a meterles el huevo por mala honda pidiendo mas de lo acordado solo porque "me di cuenta que la ley me apoya", asi lo unico que hago es hacer que los que se quedan se pizen mas... los exploten aun mas... pongan contratos mas rigidos, paguen menos, exigan mejor preparacion sin incentivos reales de crecimiento y asi sucesivamente nos caguemos todos en todo.... por eso guate no avanza, porque muchos solo vemos un solo lado de la moneda, me AHUEVA ser empresario ahora, por eso si puedo me voy fuera a un pais con mejores ventajas competitivas sin tanta pizadera... bueno eso si algun dia soy empresario, por el momento espero mi sueldito de fin de mes que honradamente y con esfuerzo me gano...


esque recorda que no todas las empresas son justas con los empleados ...
yo he sabido de muchos empresarios se aprovechan a lo descarado de sus empleados...

si vos queres ser un empresario justo debes de hacer lo correcto en el momento debido.
y es muy cierto en muchos de los casos la ley ampara al empleado siempre y cuando el patrono no pueda comprobar los beneficios que el empleado recibia....

expressgt
21-Dec-2012, 23:37
esque recorda que no todas las empresas son justas con los empleados ...
yo he sabido de muchos empresarios se aprovechan a lo descarado de sus empleados...

si vos queres ser un empresario justo debes de hacer lo correcto en el momento debido.
y es muy cierto en muchos de los casos la ley ampara al empleado siempre y cuando el patrono no pueda comprobar los beneficios que el empleado recibia....

Tiene que ver con justicia siento, por ejemplo si vos acordas un sueldo y una liquidacion x con una empresa... que harias al irte o que te vayan... exigir mas de lo que acordaste porque la ley te ampara... o ser honesto y decir "nel me ofrecieron esto y esto es lo justo que reciba". ese es el clavo, cuando inicias la relacion laboral casi todos dicen si a lo que sea, aceptan los terminos porque necesitan (en muchos casos) el trabajo, mas tarde ya se relajan, se acomodan, se dan sus "gustos" de pelex, pero eso si, al final de tu periodo cuando te vas o te van dicen "nel ahora mejor me soco a la empresa", por eso esque cada vez mas empresas hacen esos contratos tan gruesos y hasta facturados para que no digan que son empleados fijos y evitarse ese hasta 60% extra de pagos al irse el empleado... yo hoy si me puse a pensar .... en como actuar el siguiente a;o.

Fernando Paz
27-Oct-2013, 21:41
Manin, no vi la fecha desde que subiste el archivo para calculo pero buena onda!

Aun sigue sirviendo!

Saludos:chela::chela::chela::chela::chela::chela:: chela::chela::chela::chela::chela::chela::chela:

maruvin
11-May-2014, 18:49
exelente ese archivo pero la duda es si no me pagan todo segun mi calculo que procede ??

AnduuG
11-May-2014, 18:54
exelente ese archivo pero la duda es si no me pagan todo segun mi calculo que procede ??

Buena parte de las veces saldrá menor a lo que deja el cálculo, por conveniencia del patrón. Aunque con la hoja de cálculo con firma y sello del MINTRAB si te pagan todo

Enviado desde mi Nexus 7 mediante Tapatalk

jopi_mus
11-May-2014, 20:59
Reviviendo muertos? :Que :

Enviado desde mi HUAWEI P6-U06 mediante Tapatalk

jmlm08
27-Nov-2015, 07:52
el archivo sigue vivo :rockon:

llevo un par de dias buscando esta informacion jovenes y con el archivo de aquel puta madre.. no puedo creer que sea esa cantidad... sera que me confundi ajkldafjñf :llanto2: puta que alegre...

gracias por su ayuda!! o bueno no se si ahora las cosas hayan cambiado :v jajaja

norbak
27-Nov-2015, 08:31
el archivo sigue vivo :rockon:

llevo un par de dias buscando esta informacion jovenes y con el archivo de aquel puta madre.. no puedo creer que sea esa cantidad... sera que me confundi ajkldafjñf :llanto2: puta que alegre...

gracias por su ayuda!! o bueno no se si ahora las cosas hayan cambiado :v jajaja

en estos dias el mintrab creo la aplicacion para lo de las prestaciones, metete a a la pagina y compara.

norbak
27-Nov-2015, 08:47
http://capaigt.mintrabajo.gob.gt:3000/prestaciones/simple

jmlm08
27-Nov-2015, 09:02
en estos dias el mintrab creo la aplicacion para lo de las prestaciones, metete a a la pagina y compara.

buena mierda :si:

http://capaigt.mintrabajo.gob.gt:3000/prestaciones/simple