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hanzo 15-May-2007 09:17

Ley de Transito - Guatemala (PDF)
 
3 Archivos Adjunto(s)
les pongo esto para que dejen de infringir la ley y para que los chontes no los agarren de mulas inventandose infracciones

2TG 15-May-2007 09:20

:adorar:


Yo lo queria de hace tiempos.

fifoking 15-May-2007 09:22

vamos a hacer un tiempo para poderla leer gracias...

Eurolover 15-May-2007 09:23

muy buen aporte :adorar: :si:

mfg

eurolover

alhexpa 15-May-2007 09:25

Cita:

Iniciado por fifoking (Mensaje 748992)
vamos a hacer un tiempo para poderla leer gracias...

x2

Gtchapin 15-May-2007 09:31

Deberian dejarlo como sticky. Buen thread.

GTTI 15-May-2007 09:32

que buen aporte. ya parece foro de carros :ok:

gEr_DaNnY 15-May-2007 09:47

gracias por la info!

rivfe 15-May-2007 09:50

:si:...

Fundación 15-May-2007 10:55

Más vale tarde que nunca... para los que no la han leído y ya llevan años manejando..
kdsjaljfaklakl

2TG 15-May-2007 10:59

Para Yaro y lo que tienen timon al Lado Derecho, lean y busquen si habla de multas por tener un carro con timon Derecho.....

Con eso se pueden amparar si los quieren joder en la calle.

ozkar001 15-May-2007 11:08

buenisimo, gracias. alguien sabe cada cuanto actualizan estas cosas??? :what:

AWD 15-May-2007 14:11

buen aporte joven¡¡¡

h4ck7er 15-May-2007 14:15

Cita:

Iniciado por 2TG (Mensaje 749425)
Para Yaro y lo que tienen timon al Lado Derecho, lean y busquen si habla de multas por tener un carro con timon Derecho.....

Con eso se pueden amparar si los quieren joder en la calle.

ajsfajsklñ no c pq esos pdfs c me hacen conocidos ! jaklsfklña

Chileno 15-May-2007 22:12

ala putchis vos que buenisima info:clap:

Chileno 15-May-2007 22:32

Cita:

Iniciado por 2TG (Mensaje 749425)
Para Yaro y lo que tienen timon al Lado Derecho, lean y busquen si habla de multas por tener un carro con timon Derecho.....

Con eso se pueden amparar si los quieren joder en la calle.


en donde esta eso? asi de una vez lo imprimo y lo pongo en la billetera para los chontes:clap:

h4ck7er 15-May-2007 23:32

Cita:

Iniciado por Chileno Hondero (Mensaje 752093)
en donde esta eso? asi de una vez lo imprimo y lo pongo en la billetera para los chontes:clap:

yo cuando me hice mi examen d licencia hace uuuuu!! lei q era prohibido q circularan vehiculos con timon de lado derecho. :nose:

hanzo 16-May-2007 09:25

Cita:

Iniciado por h4ck7er (Mensaje 752307)
yo cuando me hice mi examen d licencia hace uuuuu!! lei q era prohibido q circularan vehiculos con timon de lado derecho. :nose:

articulo 21 ley de transito....

HITMAN 22-May-2007 22:04

:si:

pablodelaroca 22-May-2007 22:12

calidad, ahi estamos con el aporte

speed-addict2 27-May-2007 15:52

buena onda

Insomnio 02-Jun-2007 20:57

Gracias compayito no esta demas tenerlo por aka se te agradece XD

pinguino 03-Jun-2007 19:49

Para la persona que puso la informacion del reglamento de tránsito lo felicito, pero por eso es que estamos como estamos, no leemos y tampoco conocemos nuestros derechos y obligaciones, empezando por las autoridades que no saben y tampoco estan documentadas sobre el reglamento de transito o la SAT le urge el billete y no aplica la ley, el articulo 21 esta claro, no pueden circular vehiculos con el timon del lado derecho, cuando ingresa un vehiculo a nuestro pais y logicamente pasa por una aduana, ya sea maritima o fronteriza, la obligacion del delegado o vista tiene la obligacion de conocer el reglamento de tránsito para no aceptar esta clase de vehiculos, la SAT deberia de entrenar a su personal si es que la persona que compro el vehiculo no ha dado la respectiva mordida o bien la persona que hace el tramite, algun dia podremos nosotros darnos el lujo de ser un pais nitido sin corrupcion, al fin que vamos a hacer.

lobomochilero 05-Jun-2007 14:00

Cita:

Iniciado por pinguino (Mensaje 812963)
Para la persona que puso la informacion del reglamento de tránsito lo felicito, pero por eso es que estamos como estamos, no leemos y tampoco conocemos nuestros derechos y obligaciones, empezando por las autoridades que no saben y tampoco estan documentadas sobre el reglamento de transito o la SAT le urge el billete y no aplica la ley, el articulo 21 esta claro, no pueden circular vehiculos con el timon del lado derecho, cuando ingresa un vehiculo a nuestro pais y logicamente pasa por una aduana, ya sea maritima o fronteriza, la obligacion del delegado o vista tiene la obligacion de conocer el reglamento de tránsito para no aceptar esta clase de vehiculos, la SAT deberia de entrenar a su personal si es que la persona que compro el vehiculo no ha dado la respectiva mordida o bien la persona que hace el tramite, algun dia podremos nosotros darnos el lujo de ser un pais nitido sin corrupcion, al fin que vamos a hacer.

tenes toda la razon, pero:

1. tambien dice que existe un permiso para circular y si vas al departamento de transito nadie sabe nada

2. la sat puede entrar un producto al pais sin problemas, comprar y circular un vehiculo son 2 cosas muy distintas

3. aqui habemos varias personas que traemos esos carros y NUNCA hemos dado mordida, si ignoras el proceso no tires mierda. :newbie:


4. los carros con el timon derecho no tienen ningun problema de circulacion en la ciudad, simplemente porque rebasas para todos lados y asi como la mara anti-JDM que hay en el foro dice que "los jdm se chocan del lado izquierdo porque no miran", yo te digo que he visto MUUUUUUUUUUCHISIMOS accidentes del lado derecho en carros de timon izquierdo.

5. En todo caso ese reglamento esta desactualizado y sin supervision. Los JDM deberian ser prohibidos en carreteras interdepartamentales de doble via sin arriate.

no a la prepotencia del tal rottman que solo se quiere salir con un gustito y no necesariamente hacer cumplir la ley.

PERI-K 08-Jun-2007 11:41

Muy Util Mano Muchisimas Gracias, Lo Compartire Con Los Cuates.


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