Las dudas sobre la adjudicación de 15 diputados tránsfugas
El TSE señaló que el transfuguismo es “una suerte de fraude para con los electores”, pero permitió la inscripción de los diputados tránsfugas.
Por: FERDY MONTEPEQUE
La semana pasada, la Corte de Constitucionalidad (CC) hizo pública una sentencia emitida mes y medio antes de la primera vuelta electoral, con la que declaró sin lugar una acción de inconstitucionalidad en contra de la forma cómo el Congreso aprobó el artículo para prohibir el transfuguismo. El fallo aclara que
los partidos y bloques legislativos tienen prohibido incorporar a diputados tránsfugas en cualquier tiempo, pero deja en duda el estatus de los legisladores electos por una agrupación distinta, a la que se postularon en 2015.
En los alegatos de la acción promovida por el abogado Radge Rivera Aquino, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) pidió que esta fuera declarada sin lugar y externó una opinión contraria a la que puso en práctica en el actual proceso electoral. Ante la CC señaló que el cambio de partido es “una suerte de fraude para con los electores”, pero al mismo tiempo permitió la inscripción de todos los congresistas tránsfugas como candidatos, de los cuales fueron electos 15.
Rivera Aquino argumentaba que el Artículo 205 Ter debía anularse porque el Congreso suprimió una frase del dictamen inicial que permitía a los diputados cambiarse de bloque legislativo o de partido durante el tercer año de cada legislatura. Sin embargo, la Corte resolvió que esa modificación no alteró el sentido del apartado y rechazó la inconstitucionalidad.
DEBEN REVOCAR ADJUDICACIONES
A criterio del constituyente Aquiles Faillace, con la sentencia de la CC las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) cobraron vigencia en su totalidad y
prohíben que las organizaciones postulen a diputados que fueron electos por otro partido, sin importar si se afiliaron, o no, a determinado grupo político.
Faillace señaló, además, que en los casos de los diputados Rudy Pereira, Patricia Sandoval y Andrea Villagrán, el órgano electoral no debió adjudicarles las curules porque llegaron con partidos distintos a los que los postularon este año. Sandoval y Villagrán, fueron electas con el partido Todos, pero se postularon con el FCN-Nación y Bien, respectivamente.
Pereira llegó al Legislativo con la UNE y este año ganó una diputación al igual que Sandoval, con el partido oficialista. “Alguien debería accionar. Creo que, de oficio, el TSE debería de actuar porque a estas personas no se les debió adjudicar los cargos”, indicó Faillace.
El caso de las diputadas Karla Martínez y Sofía Hernández, electas este año con la UCN, también deberá analizarse, porque en 2015 integraron la bancada Alianza Ciudadana (AC).