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chronos
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Respuesta: Renovación de los tres poderes del Estado marcarán el 2019



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Iniciado por La Hora
Fiscal General: CC tiene la máxima interpretación de la Constitución

Por Denis Aguilar
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La Fiscal General, María Consuelo Porras, se pronunció sobre la opinión consultiva que pidió la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a la Corte de Constitucionalidad (CC) sobre si los magistrados deben seguir en sus cargos, después del 12 de octubre, si no se eligen sustitutos, asegurando Porras que esta última tiene a su cargo la máxima interpretación de la Constitución.

La CC, basándose en el artículo 71 de la Ley del Organismo Judicial, señaló que los magistrados, tanto de Corte Suprema de Justicia como Corte de Apelaciones, no pueden dejar sus cargos sino hasta que se elijan a los profesionales para sustituirles.

A decir de Porras, la Corte le da “muy puntualmente” respuesta a cada una de las preguntas requeridas, lo cual se dio bajo un marco constitucional, pues los magistrados de la CC son los “máximos intérpretes de la Constitución”.

La opinión consultiva es única y exclusivamente para darle respuesta de conformidad con la interpretación constitucional que la Corte en este casos tiene como función fundamental”, añadió la jefa del Ministerio Público.

Porras indicó, leyendo el documento de la Corte de Constitucionalidad, que los magistrados no podrán dejar sus cargos hasta que ya hayan sido electos sus reemplazos.

La Fiscal General dio estas declaraciones en el marco de la firma de una convenio de cooperación de buena gobernanza para propiciar la cultura de transparencia, rendición de cuentas y prevención de la corrupción y la impunidad, el cual fue suscrito por el Ministerio de Finanzas, la Contraloría General de Cuentas, el Organismo Judicial, la Superintendencia de Administración Tributaria, la Superintendencia de Bancos y la Asociación Nacional de Municipalidades.
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Iniciado por La Hora
Piden remoción de integrantes del Consejo de la Carrera Judicial

La Fundación Myrna Mack solicitó a la Presidencia del Organismo Judicial (OJ), por medio de su presidenta, Helen Mack, la remoción de los integrantes del Consejo de la Carrera Judicial (CCJ) a quienes señala de negligencia e incumplimiento de su obligación, al no haber elaborado un reglamento para dar cumplimiento a la Ley de la Carrera Judicial (LCJ).

Los integrantes del CCJ de quienes la Fundación solicitó la remoción son Carlos Guerra, presidente; Carolina Paniagua Corzantes, Gilma Valladares, Martha María Valdés Rodas, Yessica Liseth Chiapas, Henry Leonidas Ramos y Liza Marjorie González.

La Fundación argumentó que el CCJ, integrado en febrero de 2018 a la fecha, no ha cumplimiento a lo establecido en la Ley de la Carrera Judicial (LCJ) respecto a la elaboración de un reglamento que, según la organización, ha provocado que el CCJ no pueda elegir y nombrar a quienes ocuparán los cargos de Supervisor General de Tribunales, Secretario Ejecutivo del CCJ, Coordinador de la Unidad de Desempeño Profesional y Director de la Escuela de Estudios Judiciales.

Según la Fundación, el CCJ promovió convocatoria pública para optar a los cargos mencionados, sin la existencia de un reglamento.

Además, la entidad señala que la negligencia demostrada por la CCJ al no haber emitido el reglamento, ha ocasionado serias repercusiones en el marco del proceso de postulación para integrar las magistraturas de la CSJ y de Salas de Corte de Apelaciones que se está desarrollando actualmente.

La FMM señaló que se trata de un problema concatenado ya que, sin reglamento no es viable ni legítimo elegir a los integrantes de los órganos auxiliares del sistema de Carrera judicial. Entre este grupo figuran aquellos que deben integrar la Unidad de Evaluación del Desempeño Profesional, encargada por mandato legal, de llevar a cabo los procesos y procedimientos de evaluación, señaló.

“Sin esa posibilidad, el CCJ no puede cumplir a cabalidad con lo preceptuado en el artículo 76, segundo párrafo de la LCJ, es decir elaborar y remitir oportunamente a las comisiones de Postulación, la nómina con los respectivos expedientes de jueces y magistrados” indico Mack, en su petición.

Según Mack, por lo anterior resulta evidente que los miembros del CCJ han actuado de manera negligente e irresponsable y cita el artículo 7 de la LCJ donde se regulan los motivos de remoción de los integrantes del CCJ, específicamente el inciso c), debido a que la Fundación considera que han sido negligentes en el cumplimiento de su obligación de emitir el reglamento de la LCJ, por lo tanto solicita su remoción.
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Toda revolución pretende romper las cadenas de la esclavitud pero una vez rotas, ya están preparadas otras cadenas… Desde los tiempos de las cavernas nada ha cambiado y nada cambiará, porque siempre se impondrá el más artero, el más astuto y a menudo, el más corrupto. Y según la condición del pueblo, llevará el vestido de la dictadura o la democracia. Pero el hombre será siempre esclavo, aunque tenga la ilusión de ser libre… Un día resurgirá el hombre libre pero el pueblo lo será siempre.
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