Retroceder   VelocidadMaxima.com > General > Chat General
Home Forum Registrarse Mini-Banners Miembros Calendario

Chat General Temas serios, respuestas serias. Temas NO relacionados con carros, mecánica o la modificacion de motores que quieran discutir con seriedad.

Respuesta
ExclamationEste thread fue creado hace 2216 días. Lo mas probable es que el tema ya se haya resuelto y no necesite más discusión. Aunque si todavía crees que es necesario agregar un comentario, puedes hacerlo.
 
Herramientas
Antiguo 30-Apr-2018, 22:48   #76
chronos
Moderator
 
Avatar de chronos
 
Fecha de Ingreso: 09-June-2008
Mensajes: 50.528
Feedback Score: 483 reviews
Respuesta: IMPORTANTE: Por qué hay que votar SÍ en la consulta sobre Belice



Cita:
Iniciado por Prensa Libre
Belice hará su consulta popular en 2019

Belice anunció este lunes que el 10 de abril de 2019 hará la consulta popular sobre el diferendo territorial que mantiene con Guatemala, que ya respondió que sí acepta que el caso se resuelva ante la Corte Internacional de Justicia.

(...)
Cita:
Iniciado por elPeriodico
Tras la Estafa Jurídica de la Consulta Popular 2018

Por: Lionel Toriello Nájera

La Consulta Popular que pese a su inconstitucionalidad manifiesta llevaron a cabo las actuales autoridades gubernamentales de Guatemala el pasado domingo 15 de abril, al menos sirvió para ilustrar, dentro de la confusión y ambigüedad propiciada por nuestro propio Gobierno, el talante conciliatorio de una importante fracción de la ciudadanía guatemalteca en torno a nuestro bicentenario diferendo territorial. En efecto, la minoría votante (un 26 por ciento de los empadronados), por abrumadora mayoría dentro de esa minoría (un 96 por ciento, según el TSE), coincidió con la propuesta que Juan José Arévalo Bermejo hizo desde 1946: llevemos el asunto, si se puede, a una Corte Internacional de Justicia, para encontrar esa Justicia con las armas del Derecho, en vez de intentar usar el mismo método de quienes nos arrebataron el territorio por la fuerza. Sin embargo, Arévalo, que al margen de otras consideraciones en torno a su paso por la presidencia y a su carácter, puede describirse –a diferencia de casi todos sus sucesores en la cabeza del Estado guatemalteco– como culto y patriota, puso como condición algo crucial que a los actuales gobernantes “se les escapó”: que el criterio procesal de la Corte Internacional que eventualmente juzgue el caso de Belice debe ser un criterio de equidad, conocido en la jurisprudencia internacional como “Ex Aequo et bono” (conforme a lo equitativo y lo bueno).

En tiempos de Arévalo aún no operaba plenamente la actual Corte Internacional de Justicia (CIJ), pues era todavía un proyecto embrionario de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que opacada por los juicios por los crímenes de guerra de los nazis, aún estaba pendiente de iniciarse realmente. Pero ahora que ya funciona conforme a su diseño conceptual, es conveniente recordar que su “Estatuto” (Carta Constitutiva) contempla el criterio procesal buscado por Arévalo desde 1946, en su calidad de cabeza del Estado guatemalteco, en su Artículo 38, Sección 2. Si no se especifica que el criterio procesal sea ése, el mismo Estatuto indica que se aplicará la primera sección de dicho artículo (Artículo 38(1)), el cual ordena a la CIJ a resolver los casos conforme a una jurisprudencia internacional fuertemente influenciada por nuestro antiguo rival en el diferendo: el imperio inglés, ahora representado en la Asamblea de la ONU por uno de cada cuatro Estados-miembro, aquellos que forman parte de la “Mancomunidad Británica”, además del asiento “permanente” del llamado Reino Unido, en el excluyente “Consejo de Seguridad” de la misma organización internacional. Cuán crucial es esto para los intereses de Guatemala se entiende muy fácilmente con solo tomar nota de que los abundantes errores de nuestros diplomáticos (principalmente, los de Rafael Castillo Valdés, Fernando Andrade Díaz-Durán y Haroldo Rodas Melgar) y gobernantes (principalmente, los de Jorge Serrano Elías, Otto Pérez Molina y ahora, Jimmy Morales Cabrera) serán considerados por dicha jurisprudencia como “expresiones unilaterales de voluntad del Estado guatemalteco”, cuyas absurdas concesiones cobran carácter de irrevocables. Además, el hábil cabildeo británico en las cortes internacionales ha logrado imponer la “doctrina” jurisprudencial (de piratas, bucaneros y otros ladrones de mar) del “Utis Possidetis”, que esencialmente dice que “el Territorio le corresponde a quien de hecho lo posea al final de un conflicto” (¡!).

Ir a un juicio imparcial…

Arévalo sabía que asistir a una Corte Internacional sin el “Ex Aequo et bono” era llegar condenados de antemano; y que llegar al amparo de dicho criterio procesal sí le daba al ejercicio un sentido lógico, pues el abundante registro histórico de cómo una Potencia Imperial fue despojando abusivamente de su territorio a una Nación emergente y débil, Nación que contribuyó eficazmente a dividir para promover su fracasado canal interoceánico en Centroamérica, no podría ser ignorado por los jueces. Asimismo, a la hora de considerar cómo dividir 22 mil Km2 entre menos de 400 mil beliceños y más de 17 millones de guatemaltecos, los magistrados se verían obligados a sopesar el asunto “conforme a lo equitativo y lo bueno”. Esto que ya sabía Arévalo en 1946, debían haberlo sabido los diplomáticos y gobernantes guatemaltecos posteriores, pero lamentablemente, sus acciones demuestran que en vez de ello, solo evidenciaron ignorancia, incapacidad dolosa y conducta rayana en la traición a la Patria. Fueron esas vergonzosas características de nuestros diplomáticos y gobernantes, las que condujeron a la firma de un “Acuerdo Especial” entre Guatemala y Belice, por el patético canciller Haroldo Rodas Melgar, en la sede de la Organización de los Estados Americanos (OEA), en Washington, en diciembre del 2008…

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) fue creada por la ONU en 1945 y está compuesta por 15 magistrados electos por su Asamblea General y el Consejo de Seguridad, para períodos de 9 años, escalonados entre sí de tal forma, que cada tres años se renuevan cinco. Sin entrar a sofisticados análisis de política internacional, es evidente que la probabilidad de que en un momento dado, la cuarta parte de los jueces, al menos, provengan de la llamada Mancomunidad Británica, es prácticamente del cien por ciento. Por eso, un diplomático que hubiese tenido en mente los intereses genuinos de Guatemala, habría tomado la precaución de convenir que nuestra sumisión a la CIJ del caso de Belice, tendría por condición previa, la exclusión explícita de jueces provenientes de dichos países. Además, dicha exclusión, por razones igualmente obvias, debería extenderse a otros países con quienes hemos tenido en el pasado diferendos limítrofes (México, Honduras y El Salvador). Lo más irónico del caso, es que el Estatuto de la CIJ, en su Artículo 26(2), proporciona el mecanismo, ignorado por “nuestros” diplomáticos, para hacer tal cosa: sencillamente se integra una “Cámara Especial”, con un número menor de magistrados, excluyendo explícitamente a aquellos jueces que podrían representar conflictos de interés en el caso…

Una Constitución violada

El Artículo 19 del Capítulo de Disposiciones Transitorias y Finales de nuestra Constitución, previendo los riesgos de este tipo de negociaciones, autorizó al Ejecutivo a “realizar gestiones” para resolver la situación de los derechos de Guatemala respecto a Belice, pero lo conminó a someter todo acuerdo definitivo al procedimiento de consulta popular. Si el gobierno de Álvaro Colom Caballeros hubiese obedecido dicho mandato constitucional, la discusión pública previa probablemente habría impedido que firmaran un “Acuerdo Especial” sin exigir el criterio “Ex Aequo et bono” y sin proveer las garantías de imparcialidad descritas en el párrafo que antecede, pues el mismo artículo constitucional manda gestionar “conforme a los intereses nacionales”. Pero no lo hicieron así. Desobedeciendo el claro y explícito mandato constitucional, el inepto canciller Haroldo Rodas Melgar, rehuyendo la discusión pública del alcance de sus negociaciones y sin estar legalmente facultado para hacerlo, firmó un “Acuerdo Especial” en nombre del Estado de Guatemala, un aciago 8 de diciembre de 2008. El acuerdo de marras, por flagrante violación de nuestra Constitución, fue nulo ‘ipso jure’, y consiguientemente, objeto de una Acción de Inconstitucionalidad por parte del Centro para la Defensa de nuestra Constitución (Cedecon), en cuanto el Congreso de la República lo “refrendó” en el año 2010. La CC, sin embargo, en el año 2011, arguyendo cuestiones de forma, desestimó el fondo del asunto y le permitió seguir su curso. Este pésimo “Acuerdo Especial”, ahora refrendado por el Congreso y “sancionado” por la CC, fue “empeorado” por el gobierno de Pérez Molina, al permitirle a Belice violarlo “legalmente” de entrada, modificando sus términos, de nuevo sin cumplir los mandatos constitucionales de buscar la aprobación de las modificaciones mediante la discusión pública y el voto en las urnas, para permitirle a Belice hacer su propia “Consulta Popular”, después de Guatemala…

Fue con esas bases que el gobierno de Jimmy Morales convocó a la “Consulta Popular 2018” y con la aviesa –aunque torpemente ejecutada– intención de “legalizar” ex post facto el pésimo e inconstitucional Acuerdo. Por eso, también, fue impugnado el asunto de nuevo en los Tribunales. La Corte de Constitucionalidad de Guatemala, sin embargo, resolvió la segunda semana de abril, “suspender para su trámite” una Acción de Inconstitucionalidad que Héctor Quezada Leonardo y el suscrito presentamos el 27 de marzo, para expulsar de nuestro ordenamiento jurídico al llamado “Acuerdo Especial entre Guatemala y Belice para someter el Reclamo Territorial, Insular y Marítimo de Guatemala a la Corte Internacional de Justicia”, y con ello detener la celebración de la espuria “Consulta Popular 2018”, convocada para el domingo 15 de abril. Adujo la Corte que según su propia jurisprudencia “…los tratados internacionales –tengan cualquier denominación– únicamente pueden ser objeto de examen de constitucionalidad a priori… mas no a posteriori…” y así pretendió “lavarse las manos” y no entrar a calificar si el mentado “Acuerdo Especial” violó o no los mandatos constitucionales. Un Tratado Internacional, sin embargo, es un Acuerdo entre al menos dos partes, que para que nazca a la vida jurídica internacional, debe ser ratificado por ambas, cosa que no ha hecho Belice. De manera que no se estaba pretendiendo hacer un “examen de constitucionalidad a posteriori”, pues aún no existía “tratado internacional” que examinar…

Además, el “Acuerdo Especial” tampoco nació a la vida jurídica guatemalteca, pues fue firmado en violación flagrante de los mandatos expresados en el Artículo 19 del Capítulo de Disposiciones Transitorias y Finales de nuestra Constitución, y en el 173, que requerían que el “Acuerdo Especial” se hubiese discutido pública y ampliamente y después aprobado mediante el voto de los ciudadanos en las urnas, antes de ser suscrito en nombre del Estado de Guatemala. Como ya se dijo anteriormente, si se hubiese discutido públicamente y sometido su texto final a la aprobación pública por medio de una Consulta Popular, seguramente no se habría cometido el error de comprometer a Guatemala a someterse a un juicio sobre Belice que no tuviera como criterio procesal el “Ex Aequo et bono”. No obstante, el canciller Haroldo Rodas firmó ese nefasto Acuerdo para Guatemala, sin estar legalmente facultado para hacerlo, y por consiguiente, el documento de marras fue inválido desde el momento en que se firmó, en el 2008, nulo ‘ipso jure’. Eso es lo que debió calificar, sin evadir la cuestión cobardemente, nuestra pomposa y hasta ahora evidentemente inútil, Corte “de Constitucionalidad”.

El “Acuerdo Especial”, incluyendo sus modificaciones, no solo es INCONSTITUCIONAL (y es deber de la CC calificarlo como tal, en vez de encontrar caminos bizantinos para evadir su responsabilidad), sino también DAÑINO. Es necesario repetir que es dañino para Guatemala por tres razones: (1) porque no garantiza la integración de un Tribunal imparcial (el antiguo Imperio Británico, representado en la ONU por 53 Estados de la “Commonwealth”, de los 193 que integran a la Organización mundial, debió haber sido explícitamente excluido, y no lo fue, del Tribunal que eventualmente juzgue el caso; cosa, por cierto, que permite el Estatuto de la CIJ, en su Artículo 26(2); (2) porque en vez de utilizar el criterio procesal de equidad (“Ex Aequo et bono”, Artículo 38(2), Est.CIJ), como lo había venido solicitando Guatemala desde 1946, el Criterio que establece el Acuerdo es el de una jurisprudencia en la que nuestros abundantes yerros diplomáticos recientes constituyen irrevocables “expresiones unilaterales de voluntad” del Estado guatemalteco y se sumarán a la doctrina de inspiración británica “Uti Possidetis”, en la que ¡“el Territorio es de quien de hecho lo posea” al final de un conflicto!; y (3), porque es asimétrico: le ha permitido a Belice esperar a ver el resultado de la Consulta en Guatemala, antes de convocar la suya. Si Belice no hace su Consulta, de todas maneras, Guatemala ya les ha “regalado” otra “expresión unilateral de voluntad” que será utilizada en el futuro, en contra nuestra, si no se utiliza el “Ex Aequo et bono”…

Un mal acuerdo

Con la resolución de abril, la actual magistratura de la Corte de Constitucionalidad ha inutilizado de facto a los artículos 173 y 19, transitorio, de nuestra Constitución Política, en vez de, como era su obligación, velar por cumplir y hacer que se cumpla nuestro Contrato Social básico. Pareciera que la actual Magistratura del alto Tribunal cree aquello de que “la Constitución dice lo que la CC dice que dice”. En vez de constituirse en ese último bastión en contra del abuso de los gobernantes que está llamada a ser, con esta resolución apaña a los conspiradores apátridas que han llevado a la Patria a esta difícil coyuntura. Pero la batalla aún no está del todo perdida para Guatemala, pues los mandatos constitucionales siguen ahí, no pueden ser derogados por la CC, y consiguientemente, el Acuerdo Especial sigue siendo espurio e inconstitucional y mientras queden patriotas en Guatemala, seguirá siendo sujeto de merecidas impugnaciones. Los tres Organismos del Estado pueden seguirse comportando durante algún tiempo como si la Constitución no existiera, pero sus integrantes y especialmente sus dirigentes, lo hacen bajo grave riesgo. Baste recordar un Artículo de nuestro Código Penal, que textualmente dice:

“ARTÍCULO 360. El guatemalteco que ejecute actos que directamente tiendan a menoscabar la integridad del territorio de la República, someterla total o parcialmente al dominio extranjero, comprometer su soberanía o atentar contra la unidad nacional, será sancionado con prisión de diez a veinte años”.

La actual Cancillería guatemalteca, aún bajo la influencia del triplemente ex-Canciller Carlos Raúl Morales Moscoso (excanciller de Pérez Molina, de Maldonado Aguirre y de Jimmy Morales) hizo evidente “campaña por el Sí” en la pasada “Consulta Popular 2018”. No es de extrañar tal postura. Según Wikipedia, Carlos Raúl Morales “…Ha participado en cursos sobre Demarcación y Mantenimiento de Límites y sobre información Geográfica Limítrofe en Resolución de Disputas por la Universidad de Durham en (el) Reino Unido…” y según el periódico beliceño ‘Amandala’ (‘Belize’s Leading Newspaper’), en artículo fechado 13 de mayo de 2015 y firmado por Adele Ramos, nuestro flamante y triple excanciller, está casado con una ciudadana beliceña, Lizzette Matus Castro, con todas las implicaciones de potenciales conflictos de interés para quien supuestamente ha sido contratado para defender los intereses guatemaltecos frente a Belice, ¡aunque eso le haya “venido del Norte” a TRES presidentes guatemaltecos!

Dijo una vez un extranjero que Guatemala es ese lugar en el que “hay piedras que flotan, madera que se hunde…y donde ‘como no’ quiere decir sí”. Quizá por eso no debiera extrañarnos que el actual gobierno, tras malgastar apresuradamente y sin necesidad real, muchos millones de quetzales que mejor se hubiesen invertido en medicinas para nuestros hospitales nacionales o en libros para nuestras escuelas públicas, se apreste ahora a gastar “por lo menos varios millones de dólares” en contratar “abogados extranjeros” para que “defiendan” el caso de Guatemala en relación al territorio beliceño en la CIJ… Tal vez por ahí pueda encontrarse una explicación a la inexplicable prisa con la que el actual gobierno ejecutó la reciente, ilegal e inútil Consulta Popular… ¡qué asco!

Lo que se viene…

Si Guatemala deseara en el futuro –como lo insinúa el resultado de la reciente Consulta a una ciudadanía bien intencionada pero deliberadamente desinformada– someter el asunto a la Corte Internacional de Justicia, debe hacerlo con base en un Tratado que nos dé las garantías de imparcialidad, de adecuado criterio procesal y de simetría, que el actual “Acuerdo Especial” no nos da, y después de haberse discutido amplia y públicamente y con el consentimiento expreso de los ciudadanos expresado en las urnas, como lo requiere nuestra Constitución. La “Consulta Popular 2018” NO LEGALIZÓ al espurio Acuerdo Especial, pues no se le pidió a la ciudadanía la aprobación de su contenido. El Acuerdo continúa siendo INCONSTITUCIONAL y por consiguiente, la reciente Consulta no nos llevará a una imaginaria era de paz y prosperidad, en armonía con Belice, sino que solo ha contribuido a erosionar más, el legítimo reclamo de la Patria.

Qué triste que ante los ciudadanos conscientes de hoy, y ante los ojos de las generaciones futuras, diplomáticos, gobernantes y hasta algunos magistrados, a quienes Guatemala les paga generosamente para que la defiendan, pese a haber jurado defender nuestra Constitución, la violen continuadamente y por ello, se estén cubriendo con un merecido manto de escarnio perpetuo. Pero ¡Ojo, ciudadanos!: vendrán nuevas acciones en los Tribunales. Deben saber, los conspiradores apátridas, que algunos guatemaltecos no claudicaremos, hasta que los genuinos reclamos de la Patria, se hagan respetar…

Fraijanes, 23 de Abril de 2018.
__________________
Toda revolución pretende romper las cadenas de la esclavitud pero una vez rotas, ya están preparadas otras cadenas… Desde los tiempos de las cavernas nada ha cambiado y nada cambiará, porque siempre se impondrá el más artero, el más astuto y a menudo, el más corrupto. Y según la condición del pueblo, llevará el vestido de la dictadura o la democracia. Pero el hombre será siempre esclavo, aunque tenga la ilusión de ser libre… Un día resurgirá el hombre libre pero el pueblo lo será siempre.
chronos está desconectado   Responder Citando
Sponsored Links

 

 
Antiguo 01-May-2018, 17:07   #77
rio63
Senior Member
 
Avatar de rio63
 
Fecha de Ingreso: 06-September-2012
Mensajes: 1.904
Feedback Score: 1 reviews
Respuesta: IMPORTANTE: Por qué hay que votar SÍ en la consulta sobre Belice

Puta mucha solo ponganse a pensar ahorita somos como 17 millones, en 2030 vamos a ser como 30, ojalá y se pueda recuperar algo, sino donde va a caber tanto serote .
rio63 está desconectado   Responder Citando
Antiguo 01-May-2018, 19:04   #78
BEESGTT2
Prime Member
 
Avatar de BEESGTT2
 
Fecha de Ingreso: 25-September-2011
Ubicación: Asgard
Tiempo: :huh:
Mensajes: 12.710
Feedback Score: 16 reviews
Respuesta: IMPORTANTE: Por qué hay que votar SÍ en la consulta sobre Belice

Cita:
Iniciado por rio63 Ver Mensaje
Puta mucha solo ponganse a pensar ahorita somos como 17 millones, en 2030 vamos a ser como 30, ojalá y se pueda recuperar algo, sino donde va a caber tanto serote .
No te ahueves, ya vamos a empezar a hacernos cenizas por Thanos


Enviado desde mi MI 5 mediante Tapatalk
__________________

BEESGTT2 está desconectado   Responder Citando
Respuesta


Normas de Publicación
No puedes crear nuevos temas
No puedes responder mensajes
No puedes subir archivos adjuntos
No puedes editar tus mensajes

Los Códigos BB están Activado
Las Caritas están Activado
[IMG] está Activado
El Código HTML está Desactivado

Ir al Foro


La franja horaria es GMT -6. Ahora son las 01:23.


Powered by : vBulletin® Versión 3.8.5
Copyright ©2000 - 2024, Jelsoft Enterprises Ltd.
Traducido por mcloud de vBhispano.com
vBCredits v1.4 Copyright ©2007, PixelFX Studios
Page generated in 0,25199 seconds with 12 queries